¿Puedo vender mi piso con la solicitud de la cedula?
Soy el propietario de una vivienda en la cual resido hace 12 años y quiero venderla para comprarme otra. El 12 de noviembre firmé contrato de arras con fecha límite para escriturar 17 de diciembre. En una de las cláusulas se estipula que si el 17 de diciembre no se efectúa la venta tengo que devolver las arras dobladas. ¿El comprador me abonó la cantidad de 20.000?. Al parecer todo estaba correcto. Mi banco me había concedido mi nueva hipoteca y por ello dejé tan poco margen para escriturar mi venta. Cuál fue mi sorpresa que me dijeron si tenía la cédula de habitabilidad. Contesté que supongo puesto que llevo viviendo en mi vivienda desde hace 12 años con todos los suministros dados de alta. Su respuesta es qué desde hace 2-3 años es obligatorio tenerla para poder vender y que tarda aproximadamente 30 días hábiles (se me pasa el plazo del 17 de diciembre). El gestor inmobiliario que tramita la venta de mi piso no me comentó nada hasta el momento de la firma de arras pero me ha comentado que con la solicitud se podría escriturar. De todas formas, está tramitando desde ayer la cédula.
¿Se puede escriturar con la solicitud?
Por favor, necesito que alguien me aconseje de qué puedo hacer o si es verdad lo que dice de la solicitud.
¿Se puede escriturar con la solicitud?
Por favor, necesito que alguien me aconseje de qué puedo hacer o si es verdad lo que dice de la solicitud.
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Respuesta de poel
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