Hipoteca para construir

Acabo de comprar un terreno en un pueblo de madrid en el que pienso edificar una casa que será destinada a primera vivienda. Actualmente no tengo ninguna hipoteca pero sí la habré de pedir para la construcción. Como el constructor y el arquitecto me piden el dinero en distintas fases de la obra, lo iré necesitando conforme me lo pidan. ¿Qué tipo de producto hipotecario existe para estos casos y cómo funciona?.

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Es un préstamo con un periodo de carencia inicial que acostumbra a adaptarse al tiempo de validez de la licencia de obras y que durante dicho periodo tiene previstas una serie de disposiciones que servirán para pagar al constructor cada fase terminada de obra.
Las disposiciones acostumbran a liberarse tras una actualización de la tasación (coste reducido) o en algunos casos mediante certificado del arquitecto.
Acostumbran a fijarse dos disposiciones concretas que son la primera y la última, que corresponden a la constitución del préstamo y la última a la declaración del final de obra. El resto son las denominadas intermedias y se acostumbran a fijar o bien por porcentaje de obra terminada o por fase de obra terminada(cimentación, cubierta, enyesado, lampisteria, etc.)
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Por cierto estás de enhorabuena, pues a principios de este año ha dejado de ser obligatorio el seguro decenal, lo que hará que te ahorres unos 5000 euros (dependiendo del valor de la casa)
Suerte.
Si no te he entendido mal, el banco me concederá (espero) el crédito, e irá pagando al constructor en sucesivas etapas por lo que supongo que mi cuota también se irá incrementando en la misma medida, pero el préstamo en qué valor se basa ¿en el presupuesto del arquitecto? Porque si es así, siempre se suele superar cuando se construye ¿no?
Sobre el seguro decenal tengo entendido que así es, con la única salvedad de que no podré vender la vivienda en el plazo de seis años pero ¿no me lo seguirá exigiendo el banco? ¿Con la desaparición del sd también lo hacen las oct?
Gracias
En el periodo de carencia del préstamo solo pagas intereses de las cantidades dispuestas, efectivamente con cada disposición crecerá el importe de intereses a pagar, y seguirás sin amortizar el capital.
En cuanto al importe del préstamo se acostumbra a financiar el 80% del valor de la casa una vez Terminada (valor de mercado) o el 100% de los costes de construcción, pero no los del proyecto, pues ya sabemos que el arquitecto no es el que va a construir, normalmente se usa el presupuesto del constructor, y en su defecto los estimados por el tasador en su informe inicial.
Cuidados con los "poya", es cierto que existen los "poya que estamos, vamos a poner..." y hay que tenerlos en cuenta a la hora de solicitar el préstamo, si te quedas corto al final siempre dejas aparcada la piscina para una mejor ocasión.
En cuanto al seguro decenal, solo te puedo remitir al boe (www.boe.es) del 30-12-2002 pues todavía no he analizado con profundidad todas las consecuencias de la reforma de la ley. También puedes consultar con tu arquitecto, seguro que sabe algo.

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