Parte de visita de inmobiliaria

Hace unos meses mi mujer y yo visitamos un piso con una inmobiliaria (A). Ella firmó el parte de visitas aunque lo vimos las dos. No nos dieron copia del mismo y olvidamos pedirla. Después llamamos pero nunca me la enviaron. Según recuerdo, nos comprometíamos al pago de unos honorarios y a no localizar al particular para hacer la compra del piso, saltándonos a la inmobiliaria (o eso nos explicó la agente que nos lo enseñó). Pero no recuerdo exclusividad con la inmobiliaria.

Hace una semana vimos que el piso seguía a la venta y que lo llevaba otra inmobiliaria (B). Como no quedamos muy satisfechas con la gestión de la inmobiliaria A, decidí verlo de nuevo con la inmobiliaria B. Esta vez fui yo sola y firmé yo el parte de visitas. Nos gustó mucho como nos trataron en B y decidimos ofertar por el piso con ellos. Sin embargo, nos acordamos de la inmobiliaria A y que mi mujer les había firmado el parte.

Ahora, siendo conscientes de la situación, no tenemos muy claro con quién hemos de gestionar la operación; si ambos partes son contratos vinculantes y durante cuánto tiempo y, sobre todo, qué repercusiones jurídicas puede tener con respecto a una u otra.

2 Respuestas

Respuesta
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Si la inmobiliaria B no lo gestiona ahora en exclusiva y la primera inmobiliaria (A) sigue ofertando el piso, en ese caso la inmobiliaria A podría reclamar sus honorarios por haber sido quien les dio a conocer esa vivienda (al ser la primera sus derechos prevalecen).

Quizá deberían informar de lo sucedido a la inmobiliaria B (por si pueden llegar a un acuerdo entre ellas o esta asumiese el eventual pago a A en caso de ser reclamado)

Muchas gracias por la respuesta.

Lo que no tengo claro es que si el vendedor no tiene exclusividad con ninguna inmobiliaria, ¿por qué la tengo yo? ¿Y ese parte de visita no caduca? Además, en el parte no aparece ni fecha de duración de contrato ni penalización en caso de incumplimiento. Si mal no recuerdo, el contenido hacía referencia a los honorarios a pagar y a gestionarlo con ellos (pero la palabra exclusividad no aparecía por ningún lado).

Gracias de nuevo, anxosanchez.

En este caso la exclusividad del vendedor sería favorable para usted ya que si hubiese pasado de la inmobiliaria A a la inmobiliaria B, la A no podría reclamar; al no ser así la inmobiliaria A puede reclamar el haber sido quien le dio a conocer esa vivienda.

Se hace así para salvaguardar el trabajo de las inmobiliarias y que los compradores no intenten saltárselas una vez elegida una vivienda.

Respuesta
1

Es habitual que un piso este regentado por dos inmobiliarias distintas. En respecto a la primera inmobiliaria Ud firmaron el documento de visitas igual que en la segunda, en cualquier caso se deberían ver los contratos. Si a Uds no se lo dan por motivos " x " en cuanto un abogado lo solicita en nombre del cliente no acostumbra ha haber problema. Así pues respecto a la primera inmobiliaria no debe existir ningún problema ya que el documento es un precontrato como mucho y ya existe extensa discusión al respecto. Dicho precontrato no tiene por que vincularles a nada, como mucho puede existir una penalización en dicho documento pero como bien le he comentado se tendría que ver el documento con todas sus cláusulas, tanto el de la inmobiliaria A como B.

Espero que le haya ayudado. Si tiene cualquier duda puede
contactar
conmigo en el 610.941.077 o en [email protected]. y le doy
presupuesto. Actúo en Barcelona, y en todo el territorio español.



Ruego finalice la pregunta, y se ponga en contacto conmigo. Recuerde que esto
no es un asesoramiento ya que carezco de documentación, argumentos y
hechos para realizar un asesoramiento dentro del marco legal



Reciba un cordial saludo.


Marc.
Abogado

Muchas gracias por su pronta respuesta. Lo primero que haré será conseguir una copia del documento para tener claro el contenido del mismo.

Un saludo,

pilarcordoba.

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