Gas Optima y no Básica porque te lo digo yo y punto!
Al ir a contratar suministro de gas para una vivienda nueva (90 m2) en Madrid, Gas Natural me ha "obligado" a la tarifa Optima en base a que la vivienda dispone de instalación de calefacción. Las "personas" que me atendieron han mostrado oídos sordos, llegando a la lisa y llana bordería y malas pulgas, a mis argumentaciones para suscribir la tarifa Básica:
1.- Voy a tardar en ir a vivir por tener que realizar obra y otros motivos personales.
2.- El único gasodoméstico será la caldera mixta de calefacción y ACS (que, sí, de acuerdo, es el que más consume, lo sé).
3.- De acuerdo a las vigentes normas de Edificación, la promoción dispone de instalación complementaria de ACS por placas solares, lo cual redunda en menor consumo de gas.
4.- He hecho cálculos con amigos también sufridores de Gas Natural, con facturas sobre la mesa, y hemos constatado que con una adecuada regulación de termostatos solo alcanzamos a rozar los 5000 kwh (uno de ellos, familia de dos miembros en piso equivalente al mío, llegó a gastar sólo 3800, aunque lícito es decir que en su casa se necesitaba un jersey para estar cómodo ;-) ), es decir, dentro del "límite" de la tarifa Básica.
5.- De acuerdo que los precios por kwh son menores en la tarifa Optima, pero el término fijo es mayor, el doble, en esa tarifa, por lo que incluso sigue matemáticamente compensando, repito que con facturas sobre la mesa, hasta consumos menores de 8000 kwh.
Pues como decía no ha habido manera, llegando la mencionada "atención" telefónica a rozar la mala educación por parte de la "señorita Disco Rayado" de la suministradora (sin embargo en Electricidad (otra compañía), pese a que la instalación está contemplada para aire acondicionado y por tanto se podría llegar a un consumo máximo de 5500 kw, han atendido mi propuesta de contratar 4400, estando a la espera de sustituir el limitador actual de 25 Amperios (pensado para 5500 kwh) por uno de 20).
Mi pregunta es si obligatoriamente y en base a qué fundamento Mercantil o de Derecho es menester se contrate una tarifa mayor, o si el cliente es libre de contratar como le plazca, máxime estando argumentado, calculado y requetecalculado.
Asimismo, pregunta derivada de la anterior, saber si en caso de "tirar alto del termostato" y llegar a superar anualmente los 5000 kw (ya que, claro está, aquí no existe limitador de potencia, como en el caso del suministro eléctrico) la compañía podría unilateralmente (como he visto en otros foros que ha sucedido) modificarme el contrato desde la tarifa Básica a la Optima, y si en este supuesto podría recurrir y reclamar contra la suministradora.