Problemas en la comunidad

En mi comunidad de vecinos hay un problema y creo que es bastante serio y pido una opinión para ver como podemos actuar.
En primer lugar decir que somos seis vecinos de los cuales 5 pagamos religiosamiente la comunidad y hay uno que no. La deuda que tiene este vecino con la comunidad es de 300 euros al día 31-12-2008. (En varias reuniones se le ha repetido y se ha dejado constancia que debe dicha cantidad en el libro de actas, y para lo cual le hemos dado facilidades de pago)
El día 1 de enero del 2009, por turno, la presidencia pasó a manos de este vecino.
A día de hoy no ha habido ningún tipo de problema de pagos comunes que tiene que hacer frente la comunidad (luz, limpieza de escaleras, agua...). Por las cuentas que hemos hecho, tenia que haber dinero suficiente ya que siempre hemos tenido un pequeño colchón de fondos.
Nos hemos enterado que se ha dejado de hacer frente una serie de pagos ya que no hay dinero suficiente en los fondos comunes.
Unos cuantos vecinos (sin que se entere el presidente) hemos ido al banco para que nos dé un listado de movimientos bancarios de la cuenta desde el día 1 de enero al presente. Nos encontramos que no nos pueden dar dichos movimientos ya que el único que está reflejado en la cuenta común para poder hacer pagos y solicitar movimientos es el presidente (este hecho se cambió hace dos años por exigencia del propio banco ya que antes estábamos todos los comuneros reflejados en dicha cuenta).
El director de la oficina nos ha dicho que efectivamente hay una serie de movimientos extraños en la cuenta (pagos de cheques) a nombre de una persona (la cual parece ser la mujer del presidente). Para poder acceder a los movimientos de la cuenta nos ha dicho que redactemos una carta firmada con los DNI de las personas que solicitamos saber dichos movimientos bancarios, la cual le ha sido entregada y queda pendiente nos dé el resultado.
Mi pregunta es la siguiente:
¿Si en el supuesto caso que este señor haya sustraído fundos de la cuenta común, como debemos actuar?
Y ¿Cómo podemos reclamar la deuda pendiente que tiene con la comunidad?
Como podrá ver es una cuestión bastante espinosa la que planteo y la verdad no sé que pasos seguir.
Respuesta
1
Sólo hay una respuesta - una vía judicial.
En primer lugar, háganse con un ejemplar de la Ley de la Propiedad Horizontal y con un ejemplar de los estatutos de la Comunidad.
Convoquen una reunión de propietarios de común acuerdo e informen de ello al actual presidente, en que en el orden del día se trate precisamente del cese del actual presidente ya que no están conformes con su gestión, esa reunión debe ser convocada conforme a Ley y según marcan los Estatutos quedando constituida la asamblea también conforme a Ley.
En este caso el presidente debe convocar la reunión en un plazo máximo de 15 días. Es posible que no lo haga, así mismo deben pedirle cuentas en la reunión y explicaciones de los movimientos bancarios, de hecho la condición de impago de las cuotas le impide ejercer de presidente, es decir, el turno debiera de haber corrido al siguiente.
Por otro lado hay otras dos cuestiones de las que tienen que hablar con un abogado:
a) Por un lado el impago de cuotas que según la Ley actual pueden ser reclamadas por vía judicial respondiendo de ellas con los bienes (podrían llegar hasta el embargo de la vivienda).
b) Por otro lado la malversación de fondos de la Comunidad que es algo muy serio y que llegado el caso puede acarrearle problemas penales ya que no es sólo malversación sino apropiación indebida (vamos un robo).
Así que, antes de emprender cualquier acción y de común acuerdo los miembros que pagan tengan una entrevista con un abogado.
Muchas gracias Jaime por la pronta respuesta. Esta es una posibilidad que yo he planteado a los demás vecinos.
Solo una cuestión más.
De no tener esta comunidad estatutos (ya que el año que fui presidente no vi nada de estatutos por los papeles). ¿Qué podemos hacer si no existen dichos estatutos?
Nosotros como comunidad de propietarios si debemos de estar constituidos ya que tenemos número de indentificación.
De nuevo muchas gracias.
De no existir los Estatutos tendrían que regirse por lo estipulado en la Ley.
Si sería conveniente que procedieran a confeccionarlos en el caso de que no los tengan, más que nada para modular el funcionamiento y las normas internas de la Comunidad. Háblelo con el abogado al que visiten.
Es fundamental que antes de mover nada visiten al abogado y le cuenten toda la historia, el les aconsejará acerca del camino que deban emprender.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas