Trastero comunitario

En la comunidad de vecinos tenemos un trastero comunitario donde se encuentran los cotadores de la luz, y algunos vecinos lo aprovechamos para deja los cochecitos de los niños por no tener ascensor.
Hay algún vecino que comenta que ese trastero pertenece a iberdrola, echo que algunos no creemos.
Actualmente estamos realizando las obras para colocar el ascensor, y dichos vecinos nos dicen que tenemos que sacar los cochecitos puesto que los obreros tienen que meter la herramienta, a lo que nos hemos negado en rotundo puesto que si es comunitario es para el uso de los vecinos.
Todo esto puede tener origen desde el momento de que no están de acuerdo con la colocación del ascensor y como no pueden hacer nada al respecto, la única manera de astidiar es esa, cuando ademas los obreros no han pedido nada.
Con todo esto me gustaría saber como esta lo normativa y como actuar al respecto.

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Los cuartos de contadores son de la Comunidad, no de las compañías suministradoras, en consecuencia, la Comunidad puede disponer lo que quiera siempre que no sea contrario a la normativa de utilización, es decir, estaría prohibido almacenar bidones de agua en el cuarto de contadores, pero no coches de niños.
La limitación estaría en que no puedes dificultar las labores de inspección de la compañía de los contadores, en principio son cosas que se pueden regular y establecer unas normas de uso y buena convivencia.
Lógicamente, si estáis haciendo unas obras los obreros necesitan un sitio para cambiarse, lo obliga la legislación de seguridad e higiene en el trabajo, en principio puede ser cualquier local que tenga una puerta y mejor si tiene agua para que puedan lavarse, lo ideal sería el cuarto donde se guarden los útiles de limpieza si cuenta con un grifo.

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