Comunidad conflictiva

Hola buenas noches me complace volver a preguntarle, mi nombre es miguel y mi pregunta es la siguiente:
Vivo en una comunidad de 10 vecinos pero 3 viviendas da a una calle y 7 a otra calle hay una sola comunidad para todo el edificio.Yo pertenezco a la que solo hay tres viviendas, entonces siempre que se expone algo gana por mayoría la parte donde están las siete viviendas (7 vecinos).
Puesto que exponen mejoras etc...
Mi pregunta es la siguiente, hace como un año un vecino pidió permiso para hacer un cerramiento en su azotea cada uno tenemos una privada y le dieron el consentimiento creo que todos aceptamos.
Ahora soy yo quien quiero hacer dicho cerrramiento y alguno va a poner pegas y no quiero que la persona que se gasto el dinero anteriormente salga ahora perjudicada entonces quisiera saber dos cosas.
1º si a uno se le ha aceptado creo que tengo el mismo derecho ¿verdad?
2ºpuedo atacar por las reparaciones que se han hecho en la comunidad y no hay facturas ya que la comunidad la gestionamos nosotros mismos y se encarga uno de los "cabecillas"o que puedo hacer si me denegaran la opción de cerrar mi azotea.
3ºLas reparaciones que se practican en el edificio ¿devén ser con facturas aunque se vote por mayoría?, puesto que aunque nos neguemos tres si los demás aceptan.
Puesto que las lleva a cabo una persona que se esta beneficiando del dinero de la comunidad y nadie hace ni dice nada.
Gracias un saludo
Respuesta
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Comencemos con la ultima cuestión: no es cuestión comunitaria si debe haber facturas o no, si se contrata a una empresa, autónomo, etc, es obligatorio que hay factura. Evitaré entrar en lo que aveces se hace o en lo que uno considere ético o no. No es objeto de votación si se debe pagar el iva, o si me facturan por solo los materiales, etc. estamos hablando de una cuestiónd eíndole fiscal fuera del alcance de decisión de una comunidad de propietarios. A partir de aquí, que cada uno siga entendiendo como quiera lo que le interese.
Con respecto al cierre; el permiso automático al cierre de esu azotea se lo dará lo que hayan aprobado en su día: si se aprobó dar permiso general a dichos cierres es una cosa, si se dio permiso a fulano en concreto es otra cosa. Debe pasarse por el mismo procedimiento de solicitar permiso. Ahora bien, si se lo denegaran, en iguales condiciones el juzgado le concedería ese derecho por haber antecedentes pero no es automático a no ser que, reitero, en la concesión a su vecino se haya hecho general el permiso. Lo que si puede usar en la solicitud es la argumentación más que suficiente de las sentencias que hay apoyando la tesis de no discriminación.
Las facturas, obras, actuaciones, etc, que se dan en una comunidad, luego es la Junta quien las refrenda. Desgraciadamente muchas son las veces en que los copropietarios se quedan en presentar la queja pero no impugnar o denunciar, por lo que se consolidan ciertas actuaciones que podrían haber sido anuladas.

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