Saldo individual

Un vecino de una comundidad me dice que desea vender el piso, y cuando lo venda reclama a la comunidad su saldo individual que le corresponde. ¿Esto es correcto? ¿Hay qué dárselo?
Esthersama

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Estimada Esther.
Trate por favor de reformular su pregunta porque tal y como está formulada no se entiende gran cosa y difícilmente le puedo indicar. Si puede extender un poco más mejor, no trate de sintetizar porque sino no hay forma de entender cual es realmente su pregunta.
Lo que quiero decir, es que al finalizar ejercicio contable atendiendo al saldo que arroja la comunidad cada vecino tiene un saldo individual. Este vecino ha solicato a la comunidad este dinero, y el nuevo comprador comenzaría de cero.
Gracias esther
Estimada Esther.
Dependerá de como esté estipulado dentro de la comunidad, estatutariamente, por acuerdo de la Junta. Normalmente la comunidad establece unas cuotas para el normal sostenimiento de la comunidad en lo tocante a aspectos comunes, no es habitual generar saldos individuales sino subvenir a las necesidades quedando la comunidad en déficit o superávit anual cosa que no implica devoluciones sino gestión de recursos bien realizada por la gestora de la comunidad.
No obstante, desconozco cuales pueden ser las normas o pactos que puedan tener al respecto en la comunidad aunque por descontado no es habitual.
Saludos
Te agradezco la aclaración, porque siempre hay algún comunero que no entiende que el saldo individual es dinero en efectivo que hay que pagarle, ¿es cómo su parte proporcional en cuanto al saldo del banco sabes? bueno muchas gracias .Esther

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