Verja de separación entre fincas

He alquilado una finca con opción a compra; la finca linda con un vecino, con la verja de mi finca que a la vez es la verja de mi pista de tenis. Mi vecino aprovechó en su día esta verja, para hacerla suya de forma unilateral y plantó cipreses con una separación desde el enrejado, de unos 20 centímetros de distancia. Ademas ha instalado todo un jardín con goteo etc. A lo largo de la verja con el consiguiente deterioro y destrucccion de parte de la verja,, a consecuencia de la corrosión por humedad a la vez que los cipreses han crecido muchísimo y han pasado sus ramas a través del enrejado levantando hacia arriba el enrejado y ademas hay varios nidos de avispas entre las ramas de los cipreseses que no dejan a los niños acercarse a jugar al tenis. Le he advertido a mi vecino del tema, pero se ha hecho el desentendido y me ha dicho que si tengo algo que reclamar que lo haga judicialmente y que n o le moleste. ¿Me podría asesorar sobre como actuar en este caso?
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Las plantaciones en linderos las regula el Código Civil, en particular el artículo 591.
Sobre el límite de propiedad quedan muy claras las distancias.
De la rama más saliente, debe de haber 50 cm a la propiedad colindante si se trata de arbustos y 2 metros si se trata de árboles.
Además el Código Civil indica con claridad que todo propietario tiene el DERECHO, a pedir que se aranquen los árboles o arbustos que no cumplan esta condición.
No se por qué tu vecino desentiende, si tiene todas las de perder.
Yo no realizo habitualmente esos peritajes, ya que corresponden más a un perito agrícola, pero la perito acrícola que colabora con mi despacho si que los ha realizado con cierta frecuencia, y al estar recogido en el Código Civil, los jueces lo tienen muy claro, y fallan siempre en el sentido que indica con claridad la Ley.
Si no entiende la legislación, asesórate con un abogado, porque en este caso concreto que me consultas, la ley está muy clara, con medidas precisas y concretas, y tienes todo el derecho a reclamar.

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