Votación en Comunidad

En la última reunión de mi Comunidad, en la que somos 104 propietarios y sólo asistieron 48, se votó y se aprobó por 34 a 14, el arreglo del tejado y la limpieza de la fachada, sin tener ningún proyecto ni presupuesto (¿pero por un supuesto de unos? 8000 c/propietario)
¿Esta votación es legal? ¿Si no lo fuera qué deberíamos hacer? ¿Qué pasará con los propietarios que no puedan pagar esa suma?

2 Respuestas

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El objeto de la votación, por lo que entiendo solo fue la necesidad de realizar las obras.
Si no fue así, desde luego el acuerdo no tiene ninguna clase de fundamento. Entiendo y comparto totalmente su postura. Yo desde luego no aceptaría una votación de esas características. No se puede aprobar una obra sin indicar o concretar por lo menos en que van a consistir, precio más o menos cerrado, forma de pago por los vecinos, plazo de ejecución y forma de pago a la empresa contratada.
¿Cómo puede obligar un acuerdo que no tiene ninguna clase de fundamentación y que carece de concreción?
En ningún sitio se hacen las cosas así.
Con ese acuerdo, no se puede conratar a una empresa por nadie.
Si se tomara alguna medida al efecto, le recomiendo envíe una carta certificada o similar al Presidente de su Comunidad, indicando los anteriores extremos. Seguro que la mayoría de sus vecinos compartirán su preocupación.
Espero haber podido ayudarle. No olvide liberar la respuesta para poder atender otros usuarios.
Respuesta
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Faltan elementos de juicio para valorar si la votación fue legal y está amparada por la leyes vigentes.
1. Ninguna obra puede ejecutarse si no existen como mínimo tres proponentes... en este caso tres cotizaciones de la obra con tres contratistas diferentes.
2. ¿La reunión empezó a la hora señalada y se informó a los asistentes que no había quórum?
3. Se le informó a los asistentes que se esperaría una hora y que se realizaría la reunión con un número plural de asistentes, ¿con capacidad de deliberar y decidir?
4. ¿En los reglamentos esta estipulado este procedimiento?
5. ¿Según el coeficiente de copropiedad esas 34 personas conforman el 75% del quórum reglamentario?
Recomiendo que revises los estatutos para verificar que esta determinación fue una clara violación a los mismos... por las causas descritas.
Debes dar a conocer esa violación a la comunidad y que se programe otra reunión que reúna los requisitos legales y estatutarios para deliberar y decidir.
Si hay algo en lo que no fui claro

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