Echar a unos inquilinos problemáticos

Sabemos que la ley contempla la posibilidad de poder exigir a una propietaria/o que rescinda el contrato a unos inquilinos problemáticos, Me gustaría saber los pasos que había que seguir para hacerlo legalmente.

1 respuesta

Respuesta
1
A la atención de maikel 01,
Por ir al grano y conforme planteas el problema hay dos soluciones:
1º opción - El propietario del local rescinde el contrato de arrendamiento por incumplimiento contractual. El propietario ante los continuos apercibimientos por parte de la comunidad de que están perjudicadndo gravemnte la convivencia, hace uso de una clausula resolutoria que incluyo en el contrato de arrendamiento, dando por finalizada la relación arrendaticia. Si el inquilino no acepta esta resolución, el propietario tendrá que acudir al juzgado promoviendo la rescisión del contrato y desahucio del inquilino.
2º.- Opción. La comunidad como perjudicada directamente persigue el cese de la molestia o la actividad contra el ocupante de la vivienda. Es el procedimiento establecido en el articulo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal. El presidente de la Comunidad o a iniciativa de los ocupantes, previa autorización de la Junta de Propietarios podrá entablar en el juzgado la acción de cesación en la actividad molesta. El juez podrá ordenar el cese aunde forma provisional, o pedir el cese inmediato bajo apercibimiento de incurrir en delito de desobediencia, pudiendo adoptar incluso medidas cautelares efctivas.
En ambos casos, es muy recomendable practicar previamente requerimientos, dejar constancia en las denuncias de los hechos que la causan y en general buscar todo tipo de medios de prueba para poder probar lo que se denuncia.
Espero haber podido ayudarle a aclarar sus dudas. No olvide liberar la respuesta para poder atender a otros usuarios.
Me puede seguir también en:
http://acfadministraciondefincas.blogspot.com

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas