Libro de actas

¿Se puede solicitar al administrador, o al presidente, la inspección ocular del libro de actas sin que medie una convocatoria a reunión de copropietarios?.
En caso positivo ¿cuál sería el procedimiento a seguir?.
Gracias de antemano. Y un saludo.
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Puede hacerlo perfectamente deberá solicitárselo al administrador que esta obligado en virtud del art. 20 e) LPH a poner a disposición de cualquier vecino la documentación de la comunidad.
No solo puede hacer una inspección ocular, podría incluso hacer fotocopias pero es bastante probable que se las cobren.
El procedimiento es llamarle e indicarle que le de cita para verlo en su despacho, en caso que no colabore (no tiene porque negarse) mándele un burofax estableciéndole el día y la hora que va a ir a verlo para que lo tenga preparado.

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