Sois más valiosos de lo que pensáis. Mi pregunta de hoy es sobre qué puede pasar si mi pareja tiene la música o la tele (normalmente conciertos o marchas de semana santa) con demasiada voz hasta las 2 y 3 de la madrugada. Una vez a la semana, más o menos, y no siempre en finde, bebe más de la cuenta y le da por ahí. Ya una vez subió un vecino a llamarle la atención y con eso conseguí que se acostase, estaba bastante bebido. Si os preguntáis qué hago yo mientras ... Chateo con vosotros o juego en el ordenador con tapones en los oídos, para intentar inhibirme, pues no puedo con él .Me muero de vergüenza cuando me encuentro a algún vecino, aunque aún nunca me dijeron nada. ¿Qué puede pasar?
La normativa general del ruido se encuentra en la Ley 37/2003, de 17 de diciembre, del Ruido, que en ausencia de normativa específica del municipio donde residas, se aplicará de forma subsidiaria. El art. 3.d) de dicha norma establece que "Contaminación acústica: presencia en el ambiente de ruidos o vibraciones, cualquiera que sea el emisor acústico que los origine, que impliquen molestia, riesgo o daño para las personas, para el desarrollo de sus actividades o para los bienes de cualquier naturaleza, o que causen efectos significativos sobre el medio ambiente", y el art. 11.1 de la misma norma, establece distingos entre el período diurno, el período vespertino y el período nocturno, que serán diferentes en cuanto al nivel de los mismos, que se medirán en decibelios y finalmente el art. 29 contiene un elenco de sanciones y competencias delegadas en ayuntamientos y Comunidades Autónomas, que en el mejor de los casos hablamos de 600€. La respuesta a tu pregunta es que podéis ser denunciados a la Policía Local del municipio. Se presentarían en tu domicilio a la hora que tu señalas que tiene la música excesivamente elevada de volumen, realizarían unas diligenicias a las que incorporarían las mediciones tomadas con un aparato portátil llamado "sonómetro", que se encuentra homologado. Hay ocasiones en que realizan distintas visitas en días y horatios deiferentes, pero eso es a criterio de cada ayuntamiento. No seré yo quien te diga lo que has de hacer según tu criterio para atajar el grave problema que tienes tanto a nivel personal como de convivencia vecinal, pero puedes intentar convencerle que la música tiene mucha más calidad si la escucha a través de unos auriculares inalámbricos y que le permiten total movilidad por la casa. Prueba, que se de casos que ha funcionado. Si no tiene más preguntas, ruego cerrar la presente y valoración Con esos datos y el acta de comparecencia, se comunica a la concejalía correspondiente y se inicia un expediente sancionador que en no más de quince días recibiríais en vuestro domicilio, para las alegaciones que hubiere lugar. Una vez finalizado, se aprueba la sanción correspondiente y si no se abona, proceden a iniciar el expediente de embargo. Como verás un asunto nada agradable llegar a él, y además, de consecuencias imprevisibles.