Gastos administración local comercial

Tengo un local que no participa en los gastos de la escalera ni portales, como dicen los estatutos, pero si participa en seguro, fondo de reserva, administración,...
Pues bien mi cuota es de 7,69% sobre los gastos generales del edificio, que son 9.090,00 € al año. De estos 9.090,00 € el importe de 3.000,00 € corresponde a seguro, fondo de reserva, fotocopias,... Y los 6.090,00 € restantes a administración.
Es decir, yo participa con un 7,69 % en 3.000 €, que da una cantidad de 230,70 €, y con un 7,69 % en los gastos de administración de 6.090,00 € que me sale una cantidad de 468,00€.
Con esto quiero explicar que mi participación en los gastos generales es de 230,70 € más 468,00 € que pago de administración, la cual me administra 230,70 €, es decir, pago el doble de gastos de administración que de gastos que me van a administrar.
Yo veo lógico, que estos gastos de administración se repartan proporcionalmente, es decir, si el presupuesto de gastos generales es de 3.000,00 € y el de las viviendas es de 25.400,00 €, se aplique la parte proporcional de administración a cada partida de gastos. Esto es una simple regla de tres, que dice que si 6.090,00 € es el gasto para administrar el 100% del presupuesto, paar administrar 3.000,00 € serán de gastos de administración "x".
Bueno pues con este asunto pretendo que me respondan si tengo razón en mi fórmula matemática ono tengo razón, si no la tengo le pido me explique el porqué.

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Tiene que mirar la escritura de división horizontal o los estatutos a ver si le eximen de pagar gastos de administración, esto sería muy raro pero para ir descartando posibilidades.
Si no exención en gastos el art. 9.1 e LPH establece que los propietarios participarán conforme a su cuota de participación en los gastos de la comunidad con lo que deberá pagar ese importe aunque como bien dice suponga el doble del resto de los gastos presupuestados.
Los presupuestos se deciden en junta y son ustedes los que determinan que gastos tiene la comunidad y si solo han querido tener 3000 y 6090 de administrador el mismo problema tendrán el resto de sus vecinos, la única posibilidad que veo es que supriman el administrador o que busquen otro más económico, si están en la comunidad de Madrid podemos pasarle un presupuesto sin comprimiso.
Me ha sido muy útil su respuesta, epro quiero matizar una cosa, y es que los vecinos si lo tienen bien, ya que ellos pagan su cuota de 1,20 % (por ejemplo) del total de los gastos de administración, pero es que a ellos si entran en todos los gastos tanto generales como de viviendas.
Ahí viene la cuestión, de porqué participar con mi cuota del 7,69% en el importe integro de los 6.090 € de administración, cuando solo contribuyo en 3.000 € de gastos generales, y no en 28.400 € como el resto de vecinos.
Si no es mucha molestia espero me de su ultima opinión, y con respecto a un presupuesto de administración de ustedes lo tengo en cuenta para un futuro no muy lejano, gracias, un saludo.
Debe ir a la escritura de división horizontal allí se regulan los porcentajes a pagar por cada uno y las excepciones, allí se establece lo que hay que pagar.
En caso que se establezca así debería tratarlo en junta para que le aprueben pagar esos gastos de otro modo o porcentaje.

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