¿Cuánto tiempo tiene el presidente de comunidad para dejar el cargo al nuevo?

Se votó hace un mes a un nuevo presidente para la comunidad general ya que somos 6 portales y locales, el nuevo aun no ha cogido el cargo y el anterior sigue haciendo actuaciones por detrás sin el consentimiento de los vecinos. Cuanto tiene para dejar el cargo y que se puede hacer con este hombre para que no haga lo se le da la gana, porque contar no cuenta con los vecinos para nada de lo que hace solamente para pagar y no hace ni siquiera una junta para informar de las actuaciones que hace, por cierto, aun no nos han enviando copia de las actas con los acuerdos de la última junta donde se acordó que este hombre dejaba el carga y ya digo hace un mes y el administrador otro que no se que hace es amigo de este y no muevo un dedo sin que este se lo diga.

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No existe un plazo determinado de toma de posesión, por lo que ésta es efectiva desde el momento del nombramiento. Por otra parte, la LPH indica que el nuevo presidente tiene un plazo de un mes para solicitar judicialmente el relevo del cargo. Se ha de entender por tanto que si en el plazo de un mes, no manifiesta ese deseo, es legalmente el presidente de la comunidad. La junta ha de estar informada de lo acontecido en la comunidad, por el presidente o por el administrador. El plazo para el envío de las actas es de 10 días naturales desde la celebración de la junta.

Se debería remitir un escrito al administrador y al actual presidente, exigiendo el cambio de presidente, ya que es una decisión tomada por la junta que no se está llevando a cabo, y en caso de que no atiendan esa solicitud, deberán acudir al los tribunales.

Espero haberle sido de ayuda.

Un saludo

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91 494 81 30 / 676 555 167

Si es presidente desde el momento en que se elige en el Junta, porque el anterior presidente si contrato a personal para limpieza si ha dejado de ser presidente y por otra lado las actas no se entregado pasados los 10 días de la junta las tienen que entregar obligatoriamente porque han pasado casi dos meses y nada. Con respecto al mes que dices para presidente entrante sino quisiera tomar posesión puede pedir el relevo se tiene que notificar a los vecinos de alguna forma por escrito o en junta porque no sabemos nada al respecto, tiene que estar pasando algo porque es el primero año que no se han entregado las actas y el que supone que es el presidente saliente sigue haciendo y deshaciendo a sus anchas,están haciendo cosas que por poner un ejemplo no se acordó en junta pero como no han mandado las actas como puede uno protestar. A ver si vamos a tener un presidente de paja digo el entrante, que este en la sombra como si fuera el presidente y siga el saliente haciéndose se cargo porque se da la circunstancia que no es la primera vez que sucede. A ver si me podéis aclarar esto algo más y disculpad mi tardanza en contestar he estado demasiado liado.

Corresponde al administrador mantener informados a los propietarios. Por tanto, le aconsejo remita un escrito al administrador, para que les informe pormenorizadamente del estado de la comunidad, y de las cuestiones planteadas. Yo lo haría mediante burofax, haciendo mención de la falta de entrega de las actas en su debido tiempo, e instándole para que en un plazo de, por ejemplo, 10 días, les remita lo solicitado. Ese sería el primer paso. También puede, si reúnen al 25% de los propietarios, instar una reunión de propietarios para que se aclaren estos términos. Si el presidente entrante ha renunciado, se debe comunicar a los propietarios para proceder a una nueva elección. El nuevo presidente debería haber reconocido su firma en el banco para poder hacer uso del dinero de la comunidad. A falta de todo ello, parecer que no se ha procedido a un cambio de presidente. Deben exigir la información al administrador, y en caso negativo, deberán acudir a los tribunales.

Espero haberle aclarado sus preguntas. En cualquier caso, no dude en consultarnos.

Un saludo

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Gracias por la aclaración. Ahora me surge una duda, puede el presidente saliente y el entrante estar mandando a la vez,porque eso es lo que esta pasando están haciendo obras si consultar a los vecinos, reuniéndose solamente los presidentes de los portales y etc...

En la Junta de Propietarios se nombró a un único presidente, por lo que a efectos legales y de representación de la Comunidad, el propietario elegido en esa reunión, y si posteriormente no hubo ningún rechazo del mismo según el procedimiento que indica la ley, es a todos los efectos el presidente. El anterior presidente ha de desvincularse plenamente, y desde luego, no debe firmar actas, autorizar pagos, etc.

Un saludo


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Que no debería, pues lo esta haciendo por ejemplo ha contratado a limpiadoras, no se cosas más habrá echo porque el administrador como es amigo íntimo pues no nos informa.

Por lo que comenta no tiene fácil solución. La mejor opción creo que sería enviar el burofax, dando el plazo comentado, y advirtiendo de acudir a los tribunales en caso de no atender sus solicitudes. Y trate de reunir al 25% de los socios y convoquen una junta para acordar entre todos ese burofax, tendrá mucha más fuerza.


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