Prohibido el baño en piscina sin socorrista, aunque sí bajo propia responsabilidad.
Vivo en una propiedad privada de apartamentos con piscina en la provincia de Málaga. En Junta de vecinos se acordó que la piscina se abría el viernes 6 de junio, pero que sólo estaba abierta los fines de semana que es cuando está contratado el socorrista hasta el mes de julio y agosto que serían todos los días, volviendo en Septiembre a estar abierta los fines de semana con socorrista. En el tablón se puso el Acta y en la piscina se han colocado varios carteles visibles, en los que se anuncia el horario de fin de semana, diciendo que sólo está abierta esos días, en los que hay socorrista y sus horas correspondientes. El problema es que hay gente que se está bañando días entre semanas, en los que la piscina está cerrada. Mi pregunta es si ocurriese algo durante esos días, si sería responsabilidad de la comunidad de propietarios o de la persona que se ha bañado a sabiendas de que no puede hacerlo. También me gustaría saber si tiene validez hacer un escrito particular y entregárselo al administrador en el que diga que yo me eximo de responsabilidad en el caso de que sucediera algo en los días en que está cerrada la piscina, o bien si lo hago ante notario.