Obligación de adaptar antena tv comunidad

En la ultima reunión de propietarios nos informo el administrador la necesidad de adaptar la antena de tv de la comunidad antes del 1 de enero 2015, como la mayoría ven la televisión a través de la fibra óptica o el canal plus, decidieron no adaptar la antena, y los que vemos la tv a través de la antena de la comunidad dejaremos de verla, tiene la obligación la comunidad de adaptar la antena colectiva o pueden negarse por acuerdo de la mayoria

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Todo vecino tiene derecho a ver los canales de televisión que recepcione la antena de la comunidad dependiendo de la ubicación geográfica.

Es decir, que no se pueden negar a realizar el dividendo digital.

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http://www.televisiondigital.gob.es/Ciudadano/Faq/Paginas/preguntas-frecuentes.aspx?Faq=Dividendo%20Digital#18 

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La comunidad está obligada a realizar la adaptación en virtud del art. 14.1 a de la LPH y el acuerdo en junta es ilegal.

Mándele un escrito con acuse de recibo al administrador o presidente, debe ser un burofax o llevarle en persona dos copias del escrito y que le firme un recibí con fecha, en el mismo documento apercibale que si no se adapta o demuestra solicitud de adaptación en el plazo de 10 días tomará todas las medidas legales en defensa de sus intereses, solicitando si procede daños y perjuicios.

Adjunto enlace por si quiere consultar éste u otros artículos de la Ley de la Propiedad Horizontal.
http://www.optimizo.es/LEYPROPIEDADHORIZONTAL.html   

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