Repetición de reunión de comunidad para tratar el mismo tema

En la reunión ordinaria de la comunidad en que resido, además de la reelección de presidente se trató entre otros temas la contratación de un vigilante de seguridad para la piscina y revisión de las normas de uso para la misma, sin llegar a ningún acuerdo concreto.

En menos de dos meses, se convocó una reunión extraordinaria cuyos únicos puntos eran de nuevo la contratación de un vigilante de seguridad para la piscina y revisión de las normas de uso para la misma. La respuesta está vez fue negativa, aunque por escaso margen. El administrador recoge en el acta:

"Dada la disconformidad por parte de algunos asistentes con la resolución de la votación, insta a que se celebre otra reunión para conseguir más apoyos a la contratación de un vigilante."

No hubo ningún acuerdo sobre la revisión de normas de la piscina.

De manera que en 15 días tenemos de nuevo una reunión para tratar exactamente los mismos temas.

¿Puede esta situación eternizarse hasta que el resultado de la votación sea positivo?

Debo indicar que si bien las normas de la piscina no se cumplen de forma rigurosa, especialmente por adolescentes que acceden a la misma con algún amigo invitado (algo no permitido), vivimos en una zona residencial tranquila, y la mayoría parece entender que las infracciones no son lo suficientemente importantes como para exigir la contratación de un vigilante de seguridad.

El presidente por el contrario, opina que las normas deben de cumplirse de forma rigurosa, y está legalmente autorizado para convocar las reuniones que desee, pero encuentro la situación cuando menos poco lógica.

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No tiene sentido volver a votarlo, como bien dice es el presidente el que convoca y decide los puntos del orden del día pero no debería haber vuelto a realizar la votación si no hay ningún aspecto diferente relativo a la misma que lo justifique.

Seria bueno que constara en este nuevo acta que ya se ha votado dos veces y que de no haber ninguna circunstancia que lo justifique no deberá volverse a votar al menos hasta la temporada siguiente.

Muchas gracias por su respuesta. He leído en otro foro, que para adoptar un nuevo acuerdo sobre un tema ya tratado, deberán dejarse antes sin efecto los acuerdos adoptados en la junta anterior. ¿Es correcto? ¿Puede esto hacerse en la misma reunión, o son necesarias dos reuniones?

Por lo que he estado hablando con otros vecinos, están bastante molestos también con la situación, y el resultado será de nuevo negativo, pero si el resultado fuera positivo y no se indicara en el acta (ni en la reunión) que se deja sin efecto el acuerdo anterior, ¿podría impugnarse el acuerdo?

Entiendo que les habrán dicho que deberán dejarse sin efecto los acuerdos anteriores sobre este mismo tema no toda la junta,, lo lógico es reflejarlo porque de no hacerlo el libro de actas de la comunidad sería contradictorio, lo lógico es hacerlo en la misma aprobando el nuevo acuerdo que anula el anterior.

Se podría impugnar perfectamente otra cosa es que el juez estime procedente o no la en impugnación en virtud del desarrollo de la junta y los motivos de impugnación.

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