Sombra de elemento no arquitectónico

Buenas noches,

Quisiera saber si se puede entender como perjuicio que un seto de plantas en el ático de mi edificio refleje su sombra durante buena parte del día sobre la mía impidiéndome disfrutar del sol. Digo lo de perjuicio por si puede hacerse algo para que los quiten o pongan otros que no nos den sombra. He ojeado el articulo 7.1 de la Ley de propiedad horizontal y habla del perjuicio de elementos arquitectónicos, pero no se si un seto u otro elemento no constructivo puede considerarse como tal.

Un saludo.

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Perfectamente puede exigirlo en base a ese articulo, hable con el presidente para que le inste a quitar los setos, podarlos o cambiarlos de ubicación para que no le perjudiquen.

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