Cdad propietarios ¿Se pueden dar copias de actas anteriores a un propietario nuevo?

Soy el presidente de una Comunidad de Propietarios. No tenemos administrador de fincas. Nos arreglamos entre el secretario y el presidente, ya que somos 20 vecinos y no es una comunidad problemática. Se vendió un piso hace unos meses y el nuevo propietario nos ha pedido copias de actas de hace algunos años. ¿Tiene derecho a pedir actas anteriores a ser propietario?

De las reuniones que se realizan ordinarias o extraordinarias se pasan copias a todos los propietarios como marca la ley. El nuevo propietario dispone de las actas de las 2 reuniones que se han celebrado desde que es propietario, una ordinaria y otra extraordinaria.

Agradecería mucho que me aclarara la duda que tenemos.

Respuesta
1

Si tenemos en cuenta que en las actas consta información personal de los propietarios anteriores, que ya no son miembros de la Comunidad, estarías cediendo datos personales de terceros sobre los que tienes obligación de secreto (según la LOPD) una vez finalizada la relación.

No soy abogado, pero yo te diría que no debes, ni puedes, oficialmente, entregar esas actas. Como mínimo, sin la autorización expresa de los antiguos propietarios (que, lógicamente, no vas a conseguir).

Estoy de acuerdo contigo, trabajo en la administración central y sé todo lo que implica la LOPD, de ahí el porqué de mi pregunta. Supongo que no habría inconveniente en hacer al nuevo propietario una Certificación, firmada por Secretario y Presidente, en el que se puntualizara únicamente la información que desea (cuándo se tomó la decisión de pintar las fachadas del edificio). ¿Qué te parece?

Gracias por tu respuesta y por tu rapidez.

Si al nuevo propietario le parece suficiente, estupendo!

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas