Cambio de contador con endesa
Nosotros residimos en la provincia de Teruel desde hace unos 8 meses, donde la empresa de electricidad que opera es Endesa. Nos colocaron un contador de telegestión en alquiler en un primer momento pero nosotros queríamos poner uno nuestro en propiedad. Tras varias llamadas, a atención al cliente nos comentan que un electricista rompa los precintos y lo cambie, y que les llamemos una vez hecho esto para que un técnico venga a precintar el nuevo. Hasta ahí todo bien. Por lo visto Endesa trabaja con una subcontrata de la zona, que es quien viene a realizar las lecturas, los cambios etc... Pues bien nos llaman de esta subcontrata diciéndonos que debemos enviar un documento con los datos de contador para registrarlo en su base de datos (1ª pega). Les enviamos este documento relleno, y ademas la hoja del certificado de ensayos que adjuntaba el contador. Pues después de todo eso nos envían varios correos indicándonos que según la REAL DECRETO 1110/2007, nuestro contador no es valido. (2ª pega), al considerarlo ellos de tipo 5, cuando según las medidas que marca nuestro certificado es de tipo 3 o 4, comprobado con la tabla que muestra este mismo RD.
No contentos con no precintar nuestro contador y ponernos tantas pegas para registrarlo, hoy ha venido un técnico de la subcontrata diciendo que iba a hacer fotografías y a levantar un acta de fraude, por romper los precintos sin consentimiento ¡Pero si nos lo dijeron en atención al cliente de Endesa!, ¿Y nos dice este técnico que los de Endesa no se enteran... Pero entonces a quien hacemos caso? ¿Nos lo tomamos como una amenaza o cohaccion? Porque la solución que nos ha dado es poner de nuevo el contador de Endesa y que sigamos pagando el alquiler... Porque el nuestro según su sistema no es valido, pero no nos daba motivo, que el es un mandado.
Debo añadir que nuestro contador, se esta instalando sin problemas en la Región de Murcia, con la compañía Iberdrola, ¿Por qué aquí no es valido? ¿Están vulnerando mi derecho a poder instalar mi contador en propiedad?
¿Qué podemos hacer, o donde puedo informarme de la normativa? Porque en el RD mencionado, solo dice que la ultima palabra la tiene la distribuidora, pero esta Endesa, no me da mas opción...