Locales deben abonar gastos de mantenimien

Tenemos pequeño conflicto con copropietarios de algunos locales que consideran que al no usar ascensores no deben abonar su mantenimiento. Estamos acogidos al 396 CC y Lph. De hechos otros locales que están con actividad y al hacer uso de shunt situados en azotea donde sus tubos de evacuación desenbocan ahí, además de colocar tubos más altos para evitar humos abonan esos gastos. Los otros no tienen actividad todavía pero considero que porque no usen un elemento común no tienen porque no pagar.
Respuesta
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Si los locales entran entran en el pago de las zonas comunes con una participación que depende de los metros que posean.
Aclarame si es que si pagan, debo de comentar que ayer miércoles en juzgado de Alcalá, que en la sala entraron representante de locales y representante de comunidad, parce ser que el juez para no llegar a juicio les dijo que los locales no tienen porque pagar ya que no lo utilizan, pero como te comentaba aquellos que tienen actividad si lo utilizan cuando necesitan subir a azotea u otros servicios porque sus tubos de evacuación de aire o humos se encuentran en los shunt de dichas azoteas. A nosotros nos sorprendió la decisión del juez como el acuerdo que llegaron los representantes ya que claramente el nuestro nos dijo que perderíamos si íbamos a juicio. Parece ser que el juez se basa en una de las Regals especialesreferida a gastos donde expone que " las fincas quedaran excluidas de los gastos de limpieza, reparación o entretenimiento de aquellos servicios que por naturaleza no usen". Para mi que me he leído por activa y pasiva la LPH esto rompe con todos los cánones del espíritu de la Ley. Ademas regla que desarrollo el promotor en su momento porque tiene un local que precisamente si paga todos los gastos.
Disculpa la extensión pero es algo que me gustaría tener muy claro ya que debo convocar asamblea para saber que decisión toma la junta de propietraios: o aceptar lo dicho por el juez o ir a juicio y aunque se pierde realizar un posterior recurso de casación. Gracia
El ir a juicio hay que valorarlo pues las sentencias pueden ser desfavorables, pero mira yo creo que os merece la pena hacer una consulta a un abogado o en la oficina del ciudadano tiene que estar escrito .

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