Problemas con las rampas del parking, rozan los vehicu

Hola; y ante todo gracias por atenderme, tengo una plaza de garaje en un edificio que se construyó hace tres años, las rampas son tan pequeñas que cuesta girar y no caben los vehículos de grandes dimensiones, rozan entre el muro pantalla y los pilares del edificio. Hemos solicitado a través de la administradora que se hable con urbanismo en el ayuntamiento y solicite los planos definitivos que se aprobaron para laa primera ocupación, mi preguntas son las siguientes:
¿Debemos interponer una demanda judicial o existen organismos que puedan actuar contundentemente?
¿Es necesario la unanimidad de los propietarios para interponer la demanda o basta con una mayoría? ; Lo digo porque el constructor, el promotor y el arquitecto viven ahí.
¿Existen unas medidas mínimas que hay que cumplir con las rampas?
¿Podemos demandar los vecinos por separado?
¿Seria responsable el ayuntamiento si no se fijó en la medidas de las rampas al dar la primera ocupación?
¿La administradora nos habló de la necesidad de que viniera un perito y un notario para levantar acta, es necesario?
Perdona tantas preguntas, es que soy la presidenta y tengo muchas cuestiones en mente.

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Vamos por partes. A cada pregunta su respuesta:
1. Lo más indicado es la demanda judicial. Aunque para eso también mejor consultarlo con un experto abogado. También hay que ver qué se intenta conseguir. Lo más probable es una indemnización que seguramente sea del mismo valor que la plaza de aparcamiento y quizás incrementado con otra por la pérdida de valor del piso al no tener plaza de aparcamiento. Aunque naturalmente primero habría que intentar el acuerdo extrajudicial en cuanto a que se devuelva el valor de la plaza de aparcamiento. Dudo que en una solución pactada se llegue a más que eso. Aunque como te comento, tendría que aconsejarte un abogado, que saben más de estos temas (de demandas).
2. No es necesaria ninguna unanimidad. Como se está protestando/demandando por la no operatividad de una propiedad privada (la plaza), cada uno por su cuenta podría demandar al promotor, arquitecto, constructor. Igualmente, se pueden unir varias personas afectadas y efectuar una demanda conjunta.
3. Sí. Hay unas medidas mínimas que deben cumplir tanto las plazas de aparcamiento como las rampas y los accesos. Cada ayuntamiento cifra estos valores según su criterio y es allí donde podrías consultarlos. Actualmente hay una normativa general al respecto (vigente desde 2006) que establece las rampas mínimas en 3 m y una pendiente máxima del 20%. Lo que no evita que algunos coches sigan rozando.
4. Como te he comentado antes, se puede ejercer el derecho a la demanda por separado.
5. El ayuntamiento no suele hacerse responsable. En todo caso tendría que decidirlo un juez y vuelvo a comentarte que este tema (el de los juicios) mejor lo consultas con un abogado. De todas maneras en casi todas las licencias de obra que conozco, hay cláusulas para evitar estos casos, que el ayuntamiento asuma según qué responsabilidades. Además habría que comprobar si lo que figura en los planos que se le entregan concuerda con la realidad. El ayuntamiento no tiene obligación de inspeccionar todas las obras para corroborar que coinciden con lo realizado, para eso ya le pide al arquitecto que elabore unos planos de discrepancias al final de la obra, con lo que éste asume esa responsabilidad.
6. El perito y el notario sólo son necesarios cuando se toman medidas más drásticas o cuando se inicia un proceso oficial de cualquier tipo (bien en el ayuntamiento o el juzgado) ya que vuestra palabra no tiene más validez que la del constructor. Así un perito (mejor que el notario) que elabore un informe técnico sobre las deficiencias del aparcamiento es imprescindible a la hora de presentar una queja formal ante un organismo oficial.
PD. Ten en cuenta que si la reclamación se hace en el ayuntamiento y éste comprueba que el aparcamiento no es hábil para el uso, lo que hace es imponer una orden de clausura del mismo, por lo que simplemente no se podría aparcar allí. Si esto pasa, os quedarías sin posibilidad de aparcar y con todo el proceso de demanda por delante. En todo caso, es posible que el abogado ya os diga que lo primero que habría que hacer es dejar de aparcar, puesto que si se presenta una reclamación por no estar el aparcamiento bien diseñado para el uso... entonces es incompatible con estar haciendo uso de él.
Espero haber resuelto todas tus dudas. En caso contrario puedo aclararte lo que creas oportuno.

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