Patios interiores

Tengo una duda sobre los patios interiores. ¿Es legal hacer obras como poner aparatos de aire acondicionado colgados de las ventanas (existe una preinstalación de los mismos en todas las viviendas y un sitio dentro de cada tendedero para colocar los aparatos)quitar los cerramientos, barandillas, etc. Para poner otros diferentes? Todo esto en una comunidad que tiene tres meses y en la que aún no hemos aprobado unos estatutos.
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No tiene importancia no tener estatutos. Hay que tener en cuenta que los patios interiores tienen tratamiento de fachada por lo que son elementos comunes a la comunidad, independientemente de si corresponde a un piso o no.
Yo entiendo que si hay un lugar destinado a la colocación de aparatos acondicionados interiores, no está justificado colocarlos colgados del patio, por lo que sería necesario el permiso de la comunidad.
En cuanto a los cerramientos es un poco más difícil, ya que éstos pueden ser propiedad común o no, según el tipo, la colocación... Sin embargo el criterio que debería seguirse es que si hay una voluntad de dar un acabado uniforme al patio interior, cualquier cambio que afecte a la estética del mismo es competencia de la comunidad. Esto es bastante evidente en el caso de fachadas exteriores, pero mucho más discutible en el caso de patios interiores, que suelen sólo cumplir una función de iluminación y ventilación. Así que si se trata solo de un cambio de material, supongo que sería competencia de cada vecino. Si está aumentando superficie (por ejemplo si cierra con aluminio lo que antes era un lavadero abierto), entonces no sólo no puede realizarse por la comunidad sino que además estará prohibido por la normativa municipal.

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