Problemas con la constructora

Hola. Voy a resumir mi problema. Tengo una parcela y mi idea es construirme una casa para vivir en ella. Acudía a una empresa constructora que se dedica a en primer lugar generar un proyecto a medida y a continuación se firma un contrato de construcción. Pues bien, yo aporté la cantidad del 10% de la casa (¿unos 21.000?) Mientras se realizaba el proyecto (¿cuyo valor es de unos 12.000?). Ahora tengo el proyecto en mis manos y está con el visto bueno del colegio de arquitectos. Lo que pasa es que quiero cambiar de constructora porque me he enterado que están en la quiebra. Tienen varios embargos, juicios pendientes por impago de todas las empresas con las que trabajan (fontaneros, instaladores, gente que les proporciona materiales de construcción) y sé que tienen obras paradas porque se han gastado el dinero de los materiales en tapar deudas. Así que no veo muy inteligente continuar con ellos. ¿Pueden obligarme? ¿Pueden hacer que les devuelva el proyecto? ¿Pueden impedir que yo use el proyecto con otra constructora?. Tengo entendido que para que yo pueda usar el proyecto, el arquitecto de la constructora tiene que "liberarlo". Estoy perdida con esta historia. Espero que me puedas aconsejar aunque ya se que debería buscarme un abogado.

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Como bien dices, las particularidades del contrato las deberías consultar con un abogado.
En lo que puedo ayudarte, de diré que la parte técnica de una obra consiste en 3 partes fundamentales.
El proyecto básico y de ejecución (para explicarlo fácilmente, los planos). Por lo que comentas, eso ya lo tienes debidamente visado por el colegio profesional.
Luego necesitas una dirección de obra de un arquitecto, y una dirección de obra de un aparejador.
Eso es un documento (una hoja) donde el arquitecto se compromete a llevar la dirección técnica de la obra.
Si ya la tienes, el arquitecto puede renunciar a ella y contratar unos nuevos servicios profesionales para esa misión.
Lo mismo ocurre con la dirección del aparejador.
Cuando acabes la obra, el certificado final de obra te lo tendrán que emitir todos los técnicos que participen en el proyecto, es decir, el redactor del proyecto y los responsables de la dirección de obra.

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