Instalación de armarios en terrado comunitario

Vivo en un edificio (construcción de hace 3 años) de 3 plantas con 2 pisos por planta (en la tercera solo1) y con 2 terrados comunitarios(con tendederos).
En uno de los terrados los 4 vecinos que tenemos derecho a usarlo hemos decidido poner un armario cada uno (armarios de esos que soportan la intemperie). ¿Hay un vecino que insiste en que el armario sea pequeño para no cargar mucho el terrado? ¿Por si se hunde el terrado?.
Mis dudas son las siguientes:
1) ¿Hemos de tener cuidado con el peso que pongamos en el terrado por peligro a que se hundiera? ¿El suelo del terrado tiene la misma resistencia que el suelo de cualquier otra vivienda del edificio? ¿Qué peso máximo deberíamos poner por metro cuadrado?
Resumiendo ¿Existe algún peligro de hundimiento?
2) Para que en un futuro no hay problemas con esos armarios en el terrado, para demostrar de quien es el dueño de cada uno, para que no te obliguen a quitarlo, etc. ¿cómo deberíamos hacerlo? ¿Bastaría incluirlo en el libro de la comunidad? ¿Un documento en un notario? ¿Identificar de alguna manera los armarios numerándolos?

2 Respuestas

Respuesta
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En una vivienda realizada hace 3 años, todos los forjados y elementos resistentes han de soportar al menos el peso mínimo de uso, que en ningún caso es inferior a 150kg/m2 para una estancia no permanente de personas. Sin embargo las resistencias son mayores debido a los coeficientes de seguridad que empleamos.
Por lo tanto no te preocupes, no creo que haya ningún peligro de hundimiento.
En cuanto a la identificación de armarios, podéis hacerlo frente a notario pero basta con que los numeréis e incluyáis en el libro de actas y lo firméis todos los propietarios.
Respuesta
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Supongo que los armarios no son especialmente pesados, y que tampoco los vais a llenar de plomo, por lo que yo estaría tranquilo porque no se os hundirá.
El forjado de cubierta debe tener la misma resistencia que el resto, puesto que es transitable, y la sobrecarga normal debería rondar los 200-300kg/m².
Esta sobrecarga sería en todos los m² de la cubierta, por lo que tener 300kg en un m² no supone ningún riesgo ni para ese m², porque la carga se distribuye por toda la estructura.
Imagino que haciendo lo constar en el libro de actas de la comunidad debería ser suficiente, porque la regularización notarial os supondrá dinero.
Mi consejo es que los identifiquéis, para evitar problemas.

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