Altura máxima de escalón

Nos acaban de entregar un ático y resulta que al acabar la escalera de subida a la terraza el último escalón que hay que salvar desde la escalera a la terraza es de unos 40 cm. Lo cual resulta bastante dificultoso para salir (pensando por ejemplo en una persona mayor o en un niño) y muy peligroso para bajar (para todo el mundo...) dada la altura que hay que "saltar" desde la terraza al primer escalón.
Como profanos en el tema queríamos que por favor nos ayudases para saber si esto está dentro de la norma y qué podemos hacer para presionar a la constructora al respecto (se lo hemos dicho pero dicen que lo están mirando los técnicos pero que en un principio no van a hacer nada..., lo cual nos parece un auténtico abuso y una tomadura de pelo).
Respuesta
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Evidentemente es un abuso doble el de la constructora. Por un lado que hayan dejado un escalón así... y por otro que hayan dicho que no pueden hacer nada. Un escalón de 40cm deben de ser dos de 20cm como mucho, para que pueda ser utilizable. Para que te hagas una idea del abuso que han cometido te pongo este ejemplo: según la normativa de eliminación de barreras arquitectónicas (Real Decreto 72 /92 en Andalucía) las tabicas o contrahuellas en una escalera no deben ser mayores de 17cm... para que puedan utilizarse con facilidad y seguridad.
Al tratarse de una vivienda (uso privado) no existe una normativa aplicable que pueda obligar a la constructora... dado que las normativas de barreras arquitéctonicas hacen referencia, fundamentalmente, a edificios públicos y ámbitos públicos de viviendas... Únicamente se suelen venir reflejadas las viviendas que sean para minusválidos. Única parte en la que podría entrar tu vivienda, si demostraras este extremo... es decir que la vivienda está destinada a personas con minusvalía. Es una pena que la ley esté tan mal... porque personalmente opino que todas las viviendas (sean para válidos o para inválidos) han de hacerse bien y para que sean usables por todas las personas... porque, de hecho, cuando nos convirtamos en ancianos tendremos minusvalía y necesitaremos una vivienda accesible y utilizable. Se me ocurre que puedes orientar según este argumento tu queja o querella.

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