Retranqueo en caseta

Estoy pensando en hacer una caseta para herramientas y guardar trastos en el jardín de mi parcela. Supongo que tengo que respetar un retranqueo mínimo con las lindes de los vecinos (en mi población son 2 metros, creo), pero mi duda es si dicha distancia depende o no del tipo de caseta, su altura, etc.
Si en lugar de tejado y paredes pongo unas vigas y pilares (a modo de pérgola), ¿se considera caseta y en ese caso no hace falta retranqueo? En definitiva, me gustaría saber si existe alguna manera de hacer algo parecido a una caseta sin que esté sujeta a la distancia de retranqueo.
Por otro lado, en caso de hacer caseta o pérgola, ¿hace falta pedir licencia de obra? ¿Hace falta un proyecto de arquitecto?

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Es complicado asesorarte sobre ese tema porque la nomartiva cambia mucho entre municipios e incluso entre zonas de un mismo municipal. Te puedo dar una idea de lo que pueden admitir los planeamientos municipales según lo que yo deduzco después de conocer infinidad de ellos.
1.- No es una norma tajante pero en algunos municipios se admiten cobertizos, trasteros e incluso garajes separados de la edificación principal de la parcela adosados al lindero sin retranqueos.
2.- Por el hecho de ser una construcción ligera de madera o similar no debería tener ninguna ventaja sobre una obra de fábrica.
3.- En cuanta a las pérgolas los planeamientos menos antigüos los suelen tratar como si estuvieran techados completamente e incluso cerrados.
4.- Licencia municipal se debe exigir para cualquier tipo de construcción de este tipo.
5.- Para construcciones pequeñas hay ayuntamientos que extienden la mano, pero la normativa debe ser clara si hay techo necesitarías un proyecto firmado por arquitecto y la dirección técnica de un aparejador. Aunque a lo mejor podrías esquivar muchas cosas con un proyecto por un ingeniero agrícola para un trastero.
Esto te puede servir de guía pero cada una de tus dudas sólo te las pueden responder en la oficina técnica de tu ayuntamiento o algún técnico que suela trabajar en ese municipio, cualquier otra cosa es elucubrar.
Muchísimas gracias. En el ayuntamiento me dijeron que debo respetar retranqueo de 3m siempre que sea una construcción cerrada. Si quiero poner un porche pegado al lindero, el techo no puede ser de obra, ha de ser abierto, pudiéndose tapar con alguna lona, cañizo, etc.
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Puedes hacer lo que quiera siempre que los vecinos no te denuncien, o si tienes una pared-valla lo suficientemente alta y tupida para que no te vean,
En el caso de ser rigurosos con la ley no puedes edificar, que no quiere decir construir en las lindes (lo que llamas retranqueo) de tu solar, podrás hacer ninguna caseta de obra pero si una pergola o un pequeño cobertizo, que según que arquitecto municipal y que según que material te dejarían realizar, yo primero realizaría una consulta de un cobertizo pequeño de madera con mucha obertura o simplemente una cubierta con una pared de fondo con con medias paredes laterales, todo de material ligero
Gracias. Ya consulté en el ayuntamiento y no puedo edificar caseta a menos de 3 m. del linde, aunque sí prolongar el tejado de ésta hasta la linde si dicho tejado no es de obra, sino tipo pérgola. Saludos.
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A cuántos metros de la vivienda de un vecino en el campo puedo poner un corral de animales vivos un corral de cabras de 200 cabras

Necesito saber por la zona de Andalucía la provincia de Málaga cuántos metros tiene que tener una finca de regadío para poner un corral de animales vivos para 200 cabras cuántos metros debe tener esa parcela para poder edificar ese corral de animales vivos de 200 cabras

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Tienes que hacer caso de lo que te digan en el ayuntamiento.

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