Edificio complicado
Hola,
Mi edificio es uno de esos de los que el Registro huye así que espero que me puedas orientar un poquito y no huyas espantado, por favor! Con que me orientes me conformaré para poder consultar asesoramiento profesional y que estudie el caso a fondo.
Primero te pongo en situación. Es un edificio de unos 50años. Inicialmente se trataba de un solar, que posteriormente se dividió en dos y en una parte se edificó 2 planta y en el otro se hizo una planta baja. Para ahorrar, se decidió construir la pared conjunta a medias y el portal del edificio con la condición de que se permitiera abrir una puerta en el primer piso para permitir el acceso a la azotea de la planta baja.
Estamos constituyendo ahora una comunidad de propietarios de viviendas para evitar que el propietario del solar vecino, que posee un 50% del portal entre en nuestra comunidad, y posteriormente crearemos una de escalera en la que él entre.
Mi primera pregunta es ¿puede ser propietario de eltos comunes sin ser propietario de vivienda ni local alguno? ¿Es legal nuestro procedimiento?
Ahora lo difícil. El vecino ha tirado la planta baja para construir un edificio. El ayuntamiento nos ha remitido una notificación comunicándonos que el técnico de la obra informó que nuestro edificio tenía las meridianas ¿? En mal estado pero que en realidad esos pilares están bien y los que están mal son los del zaguán y el portal. Hasta donde hemos podido averiguar, los dos teníamos una parte viva común y al derrumbar la planta baja han cortado el mallazo y los pilares los pueden haber dañado por el derrumbe.
Por lo visto no pueden construir sin que nosotros arreglemos antes nuestros defectos así que imagínate lo que nos está cayendo a los cinco propietarios que somos!
Me han comentado que si quieren ellos construir que paguen ellos nuestras obras o que tendrán que esperar a que nosotros las acabemos para empezar ellos con las suyas. ¿Es esto cierto? El edificio no amenaza ruina, ni es peligroso para la seguridad ni habitabilidad, sí tiene algunos desconchados y necesita pintura y unos arreglillos pero nada más. ¿Nos pueden obligar de algún modo a hacer esas obras?
Por favor, soy plenamente consciente de la dificultad del caso pero te suplico ayuda.
Gracias!
Mi edificio es uno de esos de los que el Registro huye así que espero que me puedas orientar un poquito y no huyas espantado, por favor! Con que me orientes me conformaré para poder consultar asesoramiento profesional y que estudie el caso a fondo.
Primero te pongo en situación. Es un edificio de unos 50años. Inicialmente se trataba de un solar, que posteriormente se dividió en dos y en una parte se edificó 2 planta y en el otro se hizo una planta baja. Para ahorrar, se decidió construir la pared conjunta a medias y el portal del edificio con la condición de que se permitiera abrir una puerta en el primer piso para permitir el acceso a la azotea de la planta baja.
Estamos constituyendo ahora una comunidad de propietarios de viviendas para evitar que el propietario del solar vecino, que posee un 50% del portal entre en nuestra comunidad, y posteriormente crearemos una de escalera en la que él entre.
Mi primera pregunta es ¿puede ser propietario de eltos comunes sin ser propietario de vivienda ni local alguno? ¿Es legal nuestro procedimiento?
Ahora lo difícil. El vecino ha tirado la planta baja para construir un edificio. El ayuntamiento nos ha remitido una notificación comunicándonos que el técnico de la obra informó que nuestro edificio tenía las meridianas ¿? En mal estado pero que en realidad esos pilares están bien y los que están mal son los del zaguán y el portal. Hasta donde hemos podido averiguar, los dos teníamos una parte viva común y al derrumbar la planta baja han cortado el mallazo y los pilares los pueden haber dañado por el derrumbe.
Por lo visto no pueden construir sin que nosotros arreglemos antes nuestros defectos así que imagínate lo que nos está cayendo a los cinco propietarios que somos!
Me han comentado que si quieren ellos construir que paguen ellos nuestras obras o que tendrán que esperar a que nosotros las acabemos para empezar ellos con las suyas. ¿Es esto cierto? El edificio no amenaza ruina, ni es peligroso para la seguridad ni habitabilidad, sí tiene algunos desconchados y necesita pintura y unos arreglillos pero nada más. ¿Nos pueden obligar de algún modo a hacer esas obras?
Por favor, soy plenamente consciente de la dificultad del caso pero te suplico ayuda.
Gracias!
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Respuesta de David
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