Servidumbre de luces

Dispongo de un solar en un pueblo en el que quiero construirme una casa. La casa de al lado es de una planta, tiene más de 50 años y tiene una ventana de unos 35 cms. De cuadro (30 de marco) con una reja remetida. Estaría cerca del techo de la estancia a la que sirve. Mi pregunta es: ¿Puedo edificar mi casa sin problemas pegada a la del vecino tapando la citada ventana?

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Aunque ya te había contestado te la repito, ya que no estoy seguro de que te haya llegado
La ventana abierta en la pared de tu vecino se categoriza como Servidumbre Continua, aparente y negativa
Según lo anterior el Código Civil te permite edificar tu casa aunque tapes la ventana de tu vecino siempre y cuando se den estos supuestos:
a) Que tu vecino NO tenga un titulo escrito por el que tenga derecho de luces o vistas sobre tu propiedad emitido por ti o por dueños anteriores
b) Que la ventana esté edificada en un muro propiedad exclusivamente de tu vecino (NO en un muro medianero que pertenece a las 2 Fincas)
c) Que la ventana sea ventana y NO balcón (que no "vuele" sobre tu propiedad)
d) Que tu finca y la del vecino no hayan tenido un único dueño cuando se construyó la ventana (caso típico de un padre con casa grande que la "reparte" entre sus hijos)
Esto mismo me ha ocurrido a mí, y aunque el vecino me interpuso un Interdicto de Obra Nueva para intentar paralizarme las Obras lo perdió
Si quieres aprender más léete el Código Civil Artículos del 530 al 548 y del 580 al 585 (bajate el Código Civil de la Web)

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