Patio de luz

Resulta que tengo una vivienda de 52 metros cuadrados de planta con dos plantas habitales y una azotea cubierta y otra descubierta encima y la quiero reformar
Quisiera saber si puede hacerme un aseo "suspendido" en el patio. Por suspendido me refiero a hacerlo en la primera planta en el hueco del patio y no en la planta baja. Y cuantos serian los metros que debería tener el patio si la planta es solo de 52 metros cuadrados.

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La verdad es que sí que se podría, si canalizamos las instalaciones del aseo por las paredes interiores. Tendría que estudiarse la mejor posición para su colocación y el patio (sería un patio pequeño, pero se podría mirar).
Me ofrezco para ayudarle profesionalmente si quiere. Mi correo personal es [email protected]
Tengo una web con trabajos del pequeño estudio que acabamos de formar: www.booqstudio.com
Gracias por tu respuesta el problema es que al hacerme el aseo suspendido me quedaría un patio de 1,50 metros aproximadamente en la parte suspendida aunque los 3,50 de la planta baja quedarían intactos.
¿Seria posible hacerme esto o tendría problemas con el peritaje por parte del ayuntamiento?
Gracias por adelantado por tu respuesta
Tendrías problemas porque no se consideraría patio de luces, sino patio de instalaciones (por las pequeñas dimensiones). Para el interior de una vivienda no puede considerarse patio de luces, salvo que tengas una mansión (4 metros mínimo del círculo que ha de inscribirse dentro).
Te copio parte de la norma CTE que se empieza a aplicar a partir de ya:
HS-3
3.2.1 Aberturas y bocas de ventilación
1.- Las aberturas de admisión que comunican el local directamente con el exterior, las mixtas y las bocas de toma deben estar en contacto con un espacio exterior suficientemente grande para permitir que en su planta pueda situarse un círculo cuyo diámetro sea igual a un tercio de la altura del cerramiento más bajo de los que lo delimitan y no menor que 4m., de tal modo que ningún punto de dicho cerramiento resulte interior al círculo y que cuando las aberturas estén situadas en un retranqueo, el ancho de éste cumpla las siguientes condiciones:
a) Sea igual o mayor que 3m. Cuando la profundidad del retranqueo esté comprendida entre 1,5 y 3m. ;
b) Sea igual o mayor que la profundidad cuando ésta sea mayor o igual que 3m.
Si tienes alguna duda más, intentaré ayudarte en lo que pueda.
Gracias de nuevo. Pues el albañil había empezado a hacerlo y tras poner las vigas ha llegado el perito del pueblo y me ha dicho que lo tengo que quitar porque no cumple la norma del tamaño del patio.
¿Hay algo o alguna excepción para rebatirle al perito? ¿Algo a lo que me pueda agarrar?
Gracias de nuevo por adelantado
Creo que no vas a poder hacerlo, pues la normativa en eso es bastante estricta, tienes que dejar un círculo en toda la altura del edificio... creo que no hay manera.

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