Medianera entre adosados

Vivo en un adosado de reciente construcción en un pueblo de Sevilla (licencia de obras 2.007). Como oímos prácticamente todo de los vecinos, he preguntado cuál es la separación, qué medianera tenemos. El de la promotora dice que doble tabique con cámara y el constructor, una citara de 13 cm (10 de ladrillo + 1.5 y 1.5 cm de yeso, lo cual tampoco es cierto porque en la escalera se ve perfectamente el muro de ladrillos, así que de yeso, poco. Viendo la contradicción, vuelvo al promotor y ahora me dice que si hay una citara y le pregunto que por qué me dijeron otra cosa. No tiene mucha idea al parecer, o se hace el tonto, y me pone al habla con el aparejador. Este señor en "su plano", me dice que lo que hay es una citara. Le pido el plano y me dice que no, que si quiero voy a verlo a su oficina, pero que de copia nada, porque es su plano. Un poco raro. Le pido al promotor que me de el proyecto de mi casa que quiero ver los muros, los planos, y por dónde pasan las tuberías, los cables y demás. M dice que de mi casa en particular no haya proyecto, que el proyecto es de la manzana entera, no de una casa en concreto. Que si quiero que me da un cd con el libro del edificio. Estoy esperando. Cuando hicimos el contrato de compra-venta, nos dieron solamente un plano que es el mismo que daban en la caseta de información de venta de casas, o sea algo muy básico, con cotas de ancho por largo y m2 y la memoria de calidades donde por cierto aparece en aptdo carpintería metálica: conjunto compacto de puertas y ventanas de aluminio en color..., con persianas de aluminio similar a las carpinterías. Y resulta que no tengo persianas en el salón ni en la cocina, la ventana pelada y punto. ¿Esto se puede reclamar?, dicen que es una errata.
Volviendo a la medianera lo que pone es: Cerramiento: fábrica de 1/2 pie de ladrillo, aislamiento térmico-acústico de poliuretano proyectado, cámara y tabique de ladrillo hueco doble.
¿Esto es legal? ¿No dberíamos tener doble cámara? ¿Cómo averiguo si siendo lo de arriba legal es lo que tengo?, ¿Partiendo la pared con mi vecino?
Podría estar escribiendo eternamente sobre la cantidad de desperfectos de esta casa.

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Vamos a ver si te puedo orientar aunque son muchas cuestiones.
Lo más importante es que cuando la obra se termina existe obligación de entregar al propietario el libro del edificio. En este documento podrás comprobar las instalaciones, proyectos, etc, da igual el soporte, es decir que te lo pueden dar en un cd perfectamente.
Que el técnico no te quiera dar el plano es posible, ya que el "dueño" del mismo es el promotor y el técnico no tiene obligación de darte a ti los planos. Sin embargo el promotor si te puede dar una copia del mismo a través del libro del edificio. No obstante si quieres una copia en papel de tu proyecto sólo tienes que ir a tu ayto y pedir vista y copia del expediente (es público) y fotocopiar lo que te interese del proyecto.
En cuanto a lo de la medianería esta deberá ser lo que se indica en el proyecto (básico y ejecución), en el de ejecución viene muy bien definido estos elementos así como en las mediciones del mismo proyecto.
Ahora bien una cosa es lo que pone en el proyecto y otra lo que está puesto en la realidad, aunque en teoría debería ser lo mismo. La única forma posible de comprobarlo es romper un trozo de la pared y ver que hay. Si fuera diferente a lo indicado en proyecto y no existiese constancia por escrito en el final de obra (también incluido en el libro del edificio) de que se hubiese cambiado la doble pared por una sencilla, sí sería reclamable a los agentes de la edificación, siempre que las condiciones de lo existente no cumpliese lo indicado en la normativa que le afectase. Para ello ya necesitarías la intervención de un técnico que te hiciese un informe de todas las circunstancias y de lo realmente ejecutado y los problemas que deriva.
Muchas gracias.
Vale. Lo del ayto, perfecto, eso haré. Pero cómo averiguo que lo que tengo en las paredes es lo que marca la ley, es que a lo mejor no me he enterado. Porque puedo romper el muro y verlo pero cómo se si eso es lo legal. ¿Hay algún sitio donde consultar que este tipo de viviendas de ese año tienen una simple citara por normativa? ¿En el libro del edificio? Es que escucho las simples conversaciones, gritos y ruidos altos, por supuesto, pero que la vecina de al lado le explique la lección a su hijo o que sin tener radio, oiga a Carlos Herrera por las mañanas, perfectamente, es que no creo que sea muy normal... ¿no debe tener algún aislamiento que amortigüe el ruido básico?
Gracias de nuevo y un saludo.
Se supone que lo que figura en el proyecto es lo legal porque se redacta conforme a la normativa vigente en el momento de la redacción del mismo, entonces debe tener en la realidad lo que figura en el proyecto.
Es decir que si dice que tiene que tener 1 citara, 1 aislamiento y otra citara, según proyecto y se abre la pared y no lo tiene (p.e. Sólo 1 citara o no tiene el aislamiento), ya estaría incumpliendo la normativa.
En lo referente a la normativa de afección depende de muchos factores, pero a tu vivienda no le afecta el CTE DB HR sobre ruidos ya que es posterior a tu vivienda, por lo que la que estaba antes en vigor en la NBE CA 88, pero independientemente uno compra la vivienda según las características recogidas en proyecto.
Si está afectado por la CA 88 es muy seguro que compartas intimidades con tu vecino, por eso se ha "endurecido" con la nueva norma, antes bastaba con una cítara y ahora se ponen 2 y un aislamiento.
Es la NBE-CA-88. Lo acabo de ver en el CD del libro del edificio, que por cierto no tiene ningún plano. O sea, lana de roca con pladur...
Muchísimas gracias, de verdad.
Un saludo

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