Decreto habitabilidad 55/2009
El decreto 55/2009 define los siguientes artículos que estamos interpretando de forma distinta el Técnico Municipal y los Técnicos redactores de un Proyecto:
3.7 Espacios de uso común.
4. El espacio que contenga la sala de estar (E) y/o el comedor (M) debe permitir la inscripción entre paramentos de un círculo de diámetro de tres metros (3 m). En este espacio, el contacto con la fachada será de una anchura mínima de dos metros (2 m), sin que se admitan estrangulamientos en planta inferiores a un metro y cincuenta centímetros (1,50 m).
5. En la cocina, el espacio libre entre el mostrador de trabajo y el resto de equipamiento o paramentos debe tener una anchura mínima de un metro y veinte centímetros (1,20 m).
6. En el caso de que el espacio de la cocina se integre en la zona del comedor (M) o de la sala de estar-comedor (ME), la superficie vertical abierta que relaciona estos espacios no debe ser inferior a tres metros y medio cuadrados (3,50 m²).
Pregunta:
Tenemos un proyecto en el cual se ha integrado la cocina al estar comedor mediante un pasillo de 1,40 m de ancho POR 2,75 m de alto, es decir 3,85 m² > a 3,50 m². Pero el técnico municipal interpreta que aunque el estar-comedor cumple con la superficie de fachada y con el círculo de diámetro de tres metros (3 m), al anexionarle la cocina no cumple con el estrangulamiento inferior a 1,5 m.
Nosotros entendemos, según la redacción del artículo que el "sin que se admitan estrangulamientos en planta inferiores a un metro y cincuenta centímetros (1,50 m)" se está refiriendo al " contacto con la fachada, ya que por eso lo define a continuación, e introducido por un ", sin que ...".
¿Cuál es su interpretación?
No se si ha quedado clara la consulta.
3.7 Espacios de uso común.
4. El espacio que contenga la sala de estar (E) y/o el comedor (M) debe permitir la inscripción entre paramentos de un círculo de diámetro de tres metros (3 m). En este espacio, el contacto con la fachada será de una anchura mínima de dos metros (2 m), sin que se admitan estrangulamientos en planta inferiores a un metro y cincuenta centímetros (1,50 m).
5. En la cocina, el espacio libre entre el mostrador de trabajo y el resto de equipamiento o paramentos debe tener una anchura mínima de un metro y veinte centímetros (1,20 m).
6. En el caso de que el espacio de la cocina se integre en la zona del comedor (M) o de la sala de estar-comedor (ME), la superficie vertical abierta que relaciona estos espacios no debe ser inferior a tres metros y medio cuadrados (3,50 m²).
Pregunta:
Tenemos un proyecto en el cual se ha integrado la cocina al estar comedor mediante un pasillo de 1,40 m de ancho POR 2,75 m de alto, es decir 3,85 m² > a 3,50 m². Pero el técnico municipal interpreta que aunque el estar-comedor cumple con la superficie de fachada y con el círculo de diámetro de tres metros (3 m), al anexionarle la cocina no cumple con el estrangulamiento inferior a 1,5 m.
Nosotros entendemos, según la redacción del artículo que el "sin que se admitan estrangulamientos en planta inferiores a un metro y cincuenta centímetros (1,50 m)" se está refiriendo al " contacto con la fachada, ya que por eso lo define a continuación, e introducido por un ", sin que ...".
¿Cuál es su interpretación?
No se si ha quedado clara la consulta.
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Respuesta de 08023 Architecture Design Ideas
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