Patrimonio histórico
Soy co-propietario junto con mis dos hermanos de una casa que hemos heredado de nuestra madre recientemente fallecida.
La casa se encuentra en un pueblo Extremadura, y sigue habitada por una tía nuestra que a raíz de la muerte de mi madre ha comenzado a buscar una casa más pequeña y cómoda para mudarse.
Se trata de una casa barroca del siglo XVII, con acceso sólo desde la fachada (las demás partes lindan con la manzana). Está fabricada con muros de carga de tapial (creo recordar que con piedras, barro y paja pero no estoy seguro) y tienen de 65 a 70 cm de espesor. Todas las estancias que conforman la fachada tienen techo con bóveda de crucería. El desván o doblado, (que en ésta zona agrícola de Extremadura se usaba como granero y para curar la matanza) es de techo bajo de maderos y tablas con tejas de barro cocido. El suelo del desván es de adobes sobre maderos y tablas
En la foto que adjunto se ve la mayor parte de la fachada. En la parte izquierda tiene una entrada de vehículos que no sale en la foto, y en la parte derecha se aprecia una segunda entrada que en realidad es la entrada de un local comercial arrendado perteneciente a la casa pero separada de ella por tabiques.
http://dl.dropbox.com/u/23918725/Casa%20Barroca.jpg
Según me han informado en el Ayuntamiento, hace algunos años la Junta de Extremadura declaró ésta y otras viviendas del pueblo Patrimonio histórico y cultural. El hecho que a mí me parece escandaloso es que ni la junta ni el consistorio informó a los propietarios ni de la declaración en sí ni de lo que eso implicaba.
Hasta ahora no teníamos interés en vender la casa, pero ahora que mi madre ha muerto y la casa se va a quedar deshabitada nos lo hemos planteado y hemos indagado, enterándonos demasiado tarde de que tenemos un gran problema ya que:
• Se tendría que vender indivisa ya que en caso de segregarla para distintos compradores no se podría hacer otra entrada, y sólo tiene acceso desde la fachada, además tampoco se puede obrar nada que esté dentro del perímetro formado por la fachada y 100 metros de fondo. Eso la convierte en una casa muy cara, ya que la extensión total contando con los patios y huertos que se abren por la parte de atrás es de 840 m².
• Desde hace mucho tiempo le urgía una reforma estructural importante debido a que tiene unos 4 siglos de edad y está en pésimo estado de conservación porque por cuestiones económicas siempre hemos ido postergando dicha reforma, sólo se han podido hacer labores de mantenimiento como encalado, pintura, sustitución de tejas y poco más. Eso nos obligaría a ponerla a precio de solar para poder venderla, ya que cualquier posible comprador prácticamente tendría que tirarla abajo y hacerla de nuevo con los enormes gastos que eso conlleva.
Sinceramente creo que nadie afrontaría una compra así en una zona rural como ésta a más de 160 kilómetros de núcleos urbanos importantes, pero es la casa donde hemos nacido y crecido y ninguno de los hermanos queremos malvenderla.
Otra opción en la que hemos pensado es conservar la casa y reformarla, pero aún contando con las ayudas estatales o autonómicas no nos alcanzaría para la envergadura de la obra debido a nuestra precaria situación laboral y económica.
Mis preguntas son las siguientes:
1. He revisado por encima estos tres documentos:
• La Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura
• El Decreto 180/2000, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Extremadura
• La Corrección de errores al Decreto 180/2000, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Y he leído que los propietarios están obligados al mantenimiento del edificio, pero en ninguno de ellos he encontrado que la Junta de Extremadura esté obligada a informar a los propietarios de la declaración de su vivienda como Patrimonio histórico y cultural. ¿Acaso era el Ayuntamiento el que tenía esa obligación y no lo hizo?
2. La casa últimamente ha tenido filtraciones de agua que han deformado uno de los muros de carga de tapial como una esponja y tenemos mucho miedo de que una parte parte de la edificación se desprenda y alguien pueda resultar dañado o mucho peor, en cuyo caso la responsabilidad sería nuestra por no habernos hecho cargo del mantenimiento de forma adecuada. Por otra parte si el Ayuntamiento llegara a declararla en estado ruinoso nos obligaría a los propietarios a una reforma profunda. La verdad es que la situación nos desborda y estamos muy preocupados. ¿Se le ocurre a alguien alguna solución que nos evite tener que malvender la casa?
La casa se encuentra en un pueblo Extremadura, y sigue habitada por una tía nuestra que a raíz de la muerte de mi madre ha comenzado a buscar una casa más pequeña y cómoda para mudarse.
Se trata de una casa barroca del siglo XVII, con acceso sólo desde la fachada (las demás partes lindan con la manzana). Está fabricada con muros de carga de tapial (creo recordar que con piedras, barro y paja pero no estoy seguro) y tienen de 65 a 70 cm de espesor. Todas las estancias que conforman la fachada tienen techo con bóveda de crucería. El desván o doblado, (que en ésta zona agrícola de Extremadura se usaba como granero y para curar la matanza) es de techo bajo de maderos y tablas con tejas de barro cocido. El suelo del desván es de adobes sobre maderos y tablas
En la foto que adjunto se ve la mayor parte de la fachada. En la parte izquierda tiene una entrada de vehículos que no sale en la foto, y en la parte derecha se aprecia una segunda entrada que en realidad es la entrada de un local comercial arrendado perteneciente a la casa pero separada de ella por tabiques.
http://dl.dropbox.com/u/23918725/Casa%20Barroca.jpg
Según me han informado en el Ayuntamiento, hace algunos años la Junta de Extremadura declaró ésta y otras viviendas del pueblo Patrimonio histórico y cultural. El hecho que a mí me parece escandaloso es que ni la junta ni el consistorio informó a los propietarios ni de la declaración en sí ni de lo que eso implicaba.
Hasta ahora no teníamos interés en vender la casa, pero ahora que mi madre ha muerto y la casa se va a quedar deshabitada nos lo hemos planteado y hemos indagado, enterándonos demasiado tarde de que tenemos un gran problema ya que:
• Se tendría que vender indivisa ya que en caso de segregarla para distintos compradores no se podría hacer otra entrada, y sólo tiene acceso desde la fachada, además tampoco se puede obrar nada que esté dentro del perímetro formado por la fachada y 100 metros de fondo. Eso la convierte en una casa muy cara, ya que la extensión total contando con los patios y huertos que se abren por la parte de atrás es de 840 m².
• Desde hace mucho tiempo le urgía una reforma estructural importante debido a que tiene unos 4 siglos de edad y está en pésimo estado de conservación porque por cuestiones económicas siempre hemos ido postergando dicha reforma, sólo se han podido hacer labores de mantenimiento como encalado, pintura, sustitución de tejas y poco más. Eso nos obligaría a ponerla a precio de solar para poder venderla, ya que cualquier posible comprador prácticamente tendría que tirarla abajo y hacerla de nuevo con los enormes gastos que eso conlleva.
Sinceramente creo que nadie afrontaría una compra así en una zona rural como ésta a más de 160 kilómetros de núcleos urbanos importantes, pero es la casa donde hemos nacido y crecido y ninguno de los hermanos queremos malvenderla.
Otra opción en la que hemos pensado es conservar la casa y reformarla, pero aún contando con las ayudas estatales o autonómicas no nos alcanzaría para la envergadura de la obra debido a nuestra precaria situación laboral y económica.
Mis preguntas son las siguientes:
1. He revisado por encima estos tres documentos:
• La Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura
• El Decreto 180/2000, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Extremadura
• La Corrección de errores al Decreto 180/2000, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Y he leído que los propietarios están obligados al mantenimiento del edificio, pero en ninguno de ellos he encontrado que la Junta de Extremadura esté obligada a informar a los propietarios de la declaración de su vivienda como Patrimonio histórico y cultural. ¿Acaso era el Ayuntamiento el que tenía esa obligación y no lo hizo?
2. La casa últimamente ha tenido filtraciones de agua que han deformado uno de los muros de carga de tapial como una esponja y tenemos mucho miedo de que una parte parte de la edificación se desprenda y alguien pueda resultar dañado o mucho peor, en cuyo caso la responsabilidad sería nuestra por no habernos hecho cargo del mantenimiento de forma adecuada. Por otra parte si el Ayuntamiento llegara a declararla en estado ruinoso nos obligaría a los propietarios a una reforma profunda. La verdad es que la situación nos desborda y estamos muy preocupados. ¿Se le ocurre a alguien alguna solución que nos evite tener que malvender la casa?
4 Respuestas
Respuesta de gestiontec
1
Respuesta de Anxo Sánchez - arquitecto
1
Respuesta de Ignacio BD
1
Respuesta de argiaarq
1