Salida de humos en local comercial (Normativa aplicable: Madrid Capital)
Aunque soy arquitecto, me encuentro con una duda que quizá algún colega u otro experto en normativa madrileña me pueda solucionar. Estoy redactando el proyecto de obra y actividad de un local destinado a uso Barra degustación con el procedimiento de "Implantación o Modificación de Actividad", y obligado por la O.C.M.A. He destinado una estancia interior a obrador. Como obviamente no puedo sacar la salida de humos por fachada, he de hacerlo por el patio, pero el edificio tiene 12 plantas, y el coste de la chimenea hasta la azotea es inasumible. ¿Es posible legalmente alguna solución intermedia, como colocar un filtro de carbono y ventilar al patio el humo purificado?
Por otro lado, lo gracioso es que el obrador solamente tiene una plancha de croissants y un microondas, ya que los productos vienen hechos y congelados (el obrador es un requisito de la O.C.M.A. Para poder ejercer la actividad como barra degustación) pero en el área de Sanidad me dicen que ellos hacen su informe en el supuesto de que yo mañana pueda poner en vez de un microondas un megahorno, por lo que la obligación es la misma.
¿Alguna sugerencia?