¿Podemos contratar a un arquitecto diferente del que realizó la obra para el certificado fin de obra
Vamos a adquirir una casa propiedad del banco, que fue embargada al propietario constructor. Está acabada pero no tiene realizado el fin de obra. El arquitecto y aparejador que la hicieron pretenden cobrarnos 10.000€ por firmar el certificado ya que es la deuda que tenía con ellos el constructor. El banco que nos la vende no se responsabiliza de este pago. Nos parece que no tenemos que pagar deudas que no nos corresponden por lo que queremos encargarle este certificado a un nuevo arquitecto. Nos dicen en el ayuntamiento que es obligatorio que esté firmada por el antiguo arquitecto, si no, no tendrá validez para la cédula de habitabilidad. Nuestro arquitecto nos dice que la ley cambió y que puede ser uno nuevo quien la realice. ¿Es esto cierto?