Como saber cuanto puedo ampliar la superficie de mi vivienda

Soy propietario de un pequeña casa adosada en Denia (Alicante) dentro de una urbanización, la casa tenia una gran terraza descubierta y privada (cerrada por un muro) delante de la puerta principal. Recientemente hemos hecho un pequeño porche y lo hemos cerrado con una cristalera. Ahora nos llega una denuncia del ayuntamiento diciéndonos que esta porchada es ilegal (efectivamente, ya que no pedimos licencia de obra alguna) pero sobre todo nos dicen que no es legalizable.

Alegan que esa obra supera la edificabilidad máxima permitida y que solo hay la posibilidad de su derribo. Las preguntas son:

1. ¿Cómo puedo saber, yo propietario, cual es la edificabilidad máxima de mi parcela?, ¿Dónde puedo conseguir ese dato?. La idea es calcular si lo que estaba ya edificado más lo que hemos hecho la supera, como dice el ayuntamiento, o no.

2. A efectos prácticos, ¿un porche cerrado con ventanas y PVC y situado por fuera del muro principal de la vivienda (donde sigue estando la puerta de entrada, etc), computa ha efectos prácticos como si hubiera llevado la fachada de mi casa varios metros hacia adelante? Por algún lado he leído que este tipo de construcciones cerradas sin muros sólidos se computa como el 50 % en lo que respecta a superficie edificada.

Respuesta
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1.- Para saber la edificabilidad de su parcela se puede dirigir al ayuntamiento. En la normativa urbanística que afecte a su solar se especifican claramente todos los parámetros.

Por otro lado, en cualquier solar SIEMPRE se agota la edificabilidad. Es lo normal, se construye tanto como permite la ordenanza municipal. Resultaría ridículo, salvo excepciones, no construir todo lo que nos dejan.

2.- En cuanto a la construcción q

Hola muchas gracias por la aclaración, lo que pasa es que creo que se ha cortado la respuesta y hay una parte, la que se corresponde a la segunda pregunta, que no aparece es como si estuviera cortada. No se si podrías ponérmela en una nueva respuesta,

Muchas gracias por tu aclaración.

Si. Se cortó de forma inexplicable.

2.- En cuanto a la construcción del porche cerrado, algunos ayuntamientos lo permiten con el visto bueno de la comunidad de vecinos, en otros computa la mitad de la superficie edificada y en otros el 100%.

Dependiendo del caso deberá atenerse a las normas del ayuntamiento.

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