Distancia plantación

Hola, quería saber la distancia mínima de plantación que hay que respetar respecto de la linde de otro vecino y respecto de un camino.
Me han dicho que sobre unos 3 metros con respecto a la parcela de un vecino pero no saben que distancia debo respetar respecto del camino.
¿Y con respecto a un arroyo?
Garcías

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Depende de a quién pertenezca el camino habrá que ajustarse a su legislación.
En el caso del arroyo, hay que respetar las zonas que indica la Ley de Aguas.
De acuerdo, pero habrá unos mínimos o unas distancias generales, ¿no?
¿Las dsitancias a los caminos hay que preguntarlas en los aytos?
¿Y las distancias a los arroyos?, ¿En las confederaciones? ¿Aunque esté medio seco?
En el caso del arroyo (aunque esté medio seco), el reglamento de la ley de aguas establece una zona de servidumbre de 5 m para uso público en la que no se podrán plantar especies arbóreas (Art. 7º. 2 del Reglamento)
En el caso del camino, lo mejor será que preguntes al ayuntamiento.

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