Urbanismo

Al realizar un plan parcial que contenga 450.000 m2 de edificación residencial, ¿qué porcentaje se debería adjudicar a VPO?

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No existe actualmente un porcentaje dedicado a VPO que la legislación estatal obligue a cumplir, si bien se está hablando de modificar la Ley del Suelo (y ciertas legislaciones autonómicas) para ello.
Por ello, para realizar este plan parcial, deberás consultar la siguiente normativa:
1.- Normativa Municipal (Plan General de Ordenación Urbana)
2.- Posible Ley Urbanística (cada autonomía la llama de una manera) de la autonomía donde se desarrolle el mismo.
En todo caso, siempre es bueno que, de acuerdo a los intereses del cliente, se consulte (con mucho tacto) a la administración que adjudique la condición de Urbanizador, por si en competencia, pueda resultar un factor que te favorezca la adjudicación.
Como ejemplo, en la Com Valenciana, en sectores de zonas turísticas ( y zonas en ciudades de tipo medio-alto) el porcentaje de VPO es simplemente... CERO

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