Me parece que es un asunto muy feo. Supongo que me estas planteando este tema desde España, pues en otros países habrá diferentes requisitos según sus leyes que desconozco.
Desde luego habrá que realizar el proyecto que en su día no se hizo y también mediciones de espesores, inspecciones y comprobaciones de que la caldera se encuentra en estado correcto y con los mecanismos de seguridad que marca la ley y en correcto estado de funcionamiento. Preparar toda la documentación necesaria y presentarla a la Administración correspondiente.
La única que puede avalar el estado de la caldera es una empresa de inspecciones, por tanto, lo mejor es realizar todo esto a través de una empresa de inspecciones que ADEMÁS esté registrada como Empresa Colaboradora (de la administración). Acude a ellas y tantea el asunto en un principio sin que sepan donde se encuentra esa caldera pues su carácter de Empresa Colaboradora a lo peor les exige que denuncien el caso a Industria con la posible clausura de la caldera y multazo correspondiente.
En la siguiente dirección puedes ver cual es la reglamentación que le aplica en España, reglamento e Instrucciones técnicas complementarias a las cuales puedes acudir pinchando al final.
http://www.mtas.es/insht/legislation/RD/rap.htm Desde luego el articulo 9 exige que el fabricante esté registrado como fabricante de calderas y este no es el caso, por lo que a lo mejor hay que acudir a algún fabricante para ver si quiere asumir la situación de esta caldera. Como puedes ver, muy difícil. Pero no por ser difícil debéis de dejar el asunto, pues hay unas responsabilidades muy fuertes sobre todo si ocurre un accidente, y ademas es una caldera de hace 20 años...¿Cuál será su estado de integridad? ¿Y no solamente de ella sino de todo el sistema asociado de vapor?