¿Existe normativa sobre extracción de campanas de cocinas?

Tengo un local comercial y hay una cocina doméstica con una campana saliendo el tubo de extracción al patio interior. Todos los vecinos hacen lo mismo con la campana y con los productos de la combustión de la caldera. El edificio no tiene chimenea comunitaria.

A mi la ECLU me exige una chimenea a cubierta sin darme justificación alguna.

¿Qué normativa regula esto? ¿A qué me puedo acoger, si todos los vecinos hacen lo mismo?

Respuesta
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Si la campana extractora es de un local comercial, debes poner una chimenea hasta sobrepasar en tres metros la altura total del edificio, e incluso, dependiendo del volumen de extracción y tipo de actividad, pueden obligarte a poner filtros de agua, a riesgo de que los vecinos te denuncien y te retiren la licencia de actividad, ademas de la consiguiente multa.

Que todos los vecinos la pongan igual que tu, no quiere decir que estén bien puestas, porque estáis en las mismas condiciones, pero un local funciona con unas normas de industria de obligado cumplimiento, y una vivienda particular no.

Es injusto, lo sé, pero es como funciona.

De todas formas mirate la norma ;UNE 100 165 Extracción de humos y ventilación de cocinas. En ella se describen las condiciones precisas de lo que estamos hablando.

Gracias por tu ayuda.

La ECLU mandó un requerimiento acogiéndose al artículo 27.1 de la OGPMAU que se refiere a "Generadores de Calor", yo alegué que un Generador de Calor es una caldera según el RITE y no una cocina, al final la ECLU se enrocó sin justificación alguna y he tenido que ceder y quitar la cocina. Parece ser que la ECLU desconocía dicha norma UNE.

Muchas gracias y un saludo.

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