Nbe-cpi-96

¿Tiene el garaje para un vehículo en una vivienda unifamiliar la consideración de local de riesgo especial bajo?
Respuesta
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Según el Art. 19.1.3 de la NBE CPI-96, los garajes o aparcamientos hasta 5 vehículos tienen esa consideración. Para más vehículos y según el Art. G.4, dado que tienen que formar un sector de incendio independiente, no están catalogados como locales de riesgo especial.

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