Me exigen factura para pagar la indemnización

Mis padres han tenido un siniestro en el baño. Que ha generado daños de fontanería y daños estéticos.
El pago de daños de fontanería no ponen pegas, y no me exigen nada. Sin embargo para el pago de los daños estéticos, me exigen que presente las facturas de la compra del material, mano de obra...
Sin embargo en la ley 50/1980 en su articulo 18 no indica lo mismo.
¿Qué puedo hacer?.

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Bien, como es lógico, nadie guarda las facturas y más si son de años hacia atrás.
Si la compañía aseguradora te pidió facturas, presenta presupuestos, es decir, acude al que te lo puso o empresa similar y pídeles un presupuesto de colocación de ese material estético y con ese mismo material estético, detallando todo muy claro.
Al no disponer de facturas, te indemnizaran con un porcentaje menor al valor de mercado (depreciación), salvo que lo sustituyas.
También puedes exigirles a la compañía que te manden al perito y que lo tase el arreglo.
Hola, perdona me he debido expresar mal.
La obra no esta hecha, seguimos sin tener colocado el lavabo y cambiada las baldosas.
Yo lo que exijo en virtud del articulo 18 de la Ley 50/1980 es que paguen la indemnización del gasto de levantar solado, poner el nuevo, poner el lavabo y limpieza de todo.
Y yo, ya elegiré cuando, como y donde hacer la obra.
Porque supongo que ellos tendrán tablas para hacer un cálculo de lo que supondría todo ello.
Gracias.
Un saludo
Entonces dos soluciones hay:
La aseguradora te contrata una empresa que te coloque todo, o bien, contratas tú y después con la factura se lo reclamas a la compañía.
Eso si, para que no haya problemas exige que te mande un perito de la compañía, ya que el perito son los ojos de la compañía.
Espero que refería con esto, sino vuelvame a preguntar/aclarar
un saludo
Debiera haber otra solución.
La solución de que me den el dinero, puesto que el perito ya ha ido y ha visto que hay que cambiar el solado completamente.
Y yo ya decidiré cuando hacerla, porque yo quiero cambiar muchas cosas más en el baño y es absurdo que me cambien eso y yo luego lo levante para cambiar tuberías.
Además te comento, se supone que la ley me ampara a ello.
Gracias y perdona las molestias.
Un saludo.
Vale, pero en ese caso lo que le tienes que exigir a la compañía, es la indemnización sin REPARACIÓN. (A base de la peritación y del presupuesto que lleves).
Con eso, la aseguradora debería indemnizarte sin poner ningún problema, también recordarte que la aseguradora debe indenizarte un "algo" en los primeros 40 días de la fecha del siniestro, sino se le incrementara a la indemnización los intereses.

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