¿Cómo contabilizar la licencia de obras?

La empresa en la que trabajo acaba de comprar una nave, ahora va a realizar una serie de reformas en la misma, así que hemos solicitado la licencia de obras y de apertura, las cuales hemos pagado por banco. ¿Cómo contabilizo este gasto?

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Sin lugar a dudas, la LICENCIA DE APERTURA constituye un GASTO DE PUESTA EN MARCHA y, por lo tanto, puede ACTIVARSE imputándolo a la partida (201).
En cuanto a la LICENCIA DE OBRAS habría que conocer qué tipo de obras piensan realizarse. Si las obras son MEJORAS de la utilidad, capacidad o productividad del edificio industrial, éstas constituirán un MAYOR VALOR del mismo y, por lo mismo, la Licencia también pasará a incrementar el valor de la edificación (partida(221)).
Si, por el contrario, las obras son RETOQUES de lo ya construido (pintura, ventanas, cuadro eléctrico, paneles divisorios en oficinas, puertas, etc.); cabría considerarlas como GASTOS DE PUESTA EN MARCHA, imputándolas a la partida (201), o bien como GASTOS DE MANTENIMIENTO CORRIENTE, imputándolas a la partida (622).
Como orientación podríamos asumir que:
a) Si la nave es NUEVA las obras de RETOQUE las activaríamos como GASTOS DE PUESTA EN MARCHA.
b) Si la nave es de segunda mano, los imputaríamos como GASTOS DE MANTENIMIENTO CORRIENTE.
Le agradecería que valorase mi respuesta. De esta forma puedo orientar las que dé en el futuro y mejorar continuadamente en mi participación en este foro.

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