Suplidos asesoría

¿Alguien puede echarme un cable?
La asesoría me manda una factura por servicios de asesordos y lo que he contabilizado es lo siguiente:
623 serv asesoría
472 a 475 retención
Esoria
Por los suplidos:
623x notario
623y registro
472 a 475
A 410xnotar a 410y registro
Mi duda viene con respecto al asiento del pago ya que este se lo hago a ia. Lo que he hecho es:
410x notario
410y registro a 410 asesoría
Y posteriormente
ia a 572
¿Mi duda es el asiento del traspaso de un acreedor a otro si lo hago así me par que hago es compensar cuentas de pasivo e incumplo el principio contable de no compensaci solución podría ser al hacer el pago la siguiente?
410x notario
410y registro
410 ases
Lo que pasa que el banco el pago lo realiza a la cuenta de la asesoría lógicamente.
¿Qué?
Será correcto así o no. ¿lo hacéis de otra forma?
¿Cómo?
Respuesta
1
El asiento que nosotros hacemos es el segundo, ya que de esa manera reflejas exactamente la aplicación de los fondos.

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Respuesta
1
Creo que es por algún
Tipo de restricción
Con el margen.
Te decía, que los gastos
De asesoría deberás
Contabilizarlos todos en
La cuenta 623.
No obstante, puedes separar
El asiento si la factura
Del notario viene a nombre
De tu empresa.
Cuando contabilices la
Factura del notario
Deberás llevarla contra
Esa cuenta de proveedor,
pero cuando realices el
Pago a la asesoría,
tienes que desglosarlo
Entre la cuenta del
Notario y la de la
Asesoría.
Se ve un poco raro, pero
Creo que así se verá toda
La respuesta completa.
En principio, los gastos suplidos de la asesoría deberás sumarlos a los servsesoría 623.
Solo si en la factura de estos gastos está a nombre de la empresa es cuandcontabilizarlo a aparte, desglosando también el I.V.A. y llevándolo contra la cuenta de la
Generalmente, las asesorías suelen incluir dentro de sus facturas el concepto de supliuellos gastos que se hacen a su nombre pero por cuenta de otra persona.
Si con esto no tu pregunta, no dudes en seguir preguntando hasta que te quede bien claro.
Perdona que te moleste de nuevo pero no me aparece completa tu respuesta.
Muchas gracias
La asesoría me ha emitido una factura por suplidos notario, registro, y sus d¡Servicios profesionales. A su vez me envía las facturas del notario y del registro; y los asientos que he contabilizado son los que te comenté antes. ¿Son correctos?
Los asientos son correctos,
pero lo único que tienes que
Tener en cuenta es que cuando
Pagues la factura del asesor
Deberás compensar a la vez la
Cuenta del notario y la del
Registro.
Respuesta
1
Te comentaba que era como tú decías, que no debes tener en cuenta la 410 del notario ni la del registro porque a esos les ha pagado la asesoría, pero sí debes diferenciar que esos gastos son de la notaría y del registro, por eso lo de la 623 desglosada.
Osea que en realidad no tengo que tener en cuenta la 410 del notario y la del registro al ar las facturas puesto que es la asesoría a quien debo.
Gracias
De nada, estoy para poder ayudarte, así que gracias a ti.
En cuanto a tu pregunta, así esía y el registro están pagados por la asesoría por ello es que llevas ese importe a la 410soría, pero sí diferencias que esos gastos son de la notaría y del registro. Con todo eso ontabilizándolo correctamente.
Perdona pero tu ultima respuesta me aparecen cortadas las palabras; ¿Me lo puedes volver a enviar?
Muchas gracias y perdona la molestia
Se contabiliza todo contra la cuenta de la asesoría, porque como bien dices, la asesoría pario y al registro y lo que hace es facturarte por ese trabajo.
Por lo tanto lo que debescrearte una 623 acabada en 01 para los gastos de notaría y una 623 acabada en 02 para los registro y todo contra la 410 de la asesoría.
(62300001) Notaría
(62300002) Registro.
E te haya solucionado la duda.
Lo que pasa es que la asesoría me manda una factura con el siguiente desglose:
Suplidos notarios, suplidos registro y prestación servicios asesoría junto con las facturas a nombre de nuestra empresa del notario y del registro.
¿En este caso no tendría que tener en cuenta la 410 del notario y del registro?
Gracias
Aunque la asesoría te envíe las facturas del notario y del registro no tienes por qué poner la 410 del notario, etc, porque al final el que ha pagado al notario es la asesoría, el notario te hace la factura a nombre de tu empresa porque los suplidos son a nombre de tu empresa y no de la asesoría, por eso la asesoría no se puede desgravar ese gasto porque lo tiene que desgravar tu empresa, pero tu no debes al notario ni al registro porque la asesoría ha adelantado ese dinero que tenías que pagarles porque se ha encargado la asesoría en realizar esos trabajos y te pasa a tu empresa una factura contando que ha adelantado ese pago que le correspondía pagar a tu empresa, pero que ha quedado saldado por la asesoría.
Si tu empresa tiene una deuda con el notario, entonces sí podrías poner la 410 del notario, pero no es así, el notario ya está pagado. A quien pagas es a la asesoría por gastos de notario (623) etc...
Si no no te cuadraría la cuenta 410 del notario, ¿por qué de dónde le pagas? Tu empresa no le paga directamente al notario, sino que el dinero sale de la asesoría y luego te lo cobra a ti la asesoría.
No se si me he explicado bien.

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