Fianza de un alquiler

La empresa para la que trabajo tiene en su propiedad locales, y los tiene alquilados (se dedica a esto, claro), entonces me gustaría saber como se mete la fianza que te dan los arrendatarios cuando se alquila por primera vez a éstos un local. Y luego cuando se acabe el contrato, y tengamos que devolver la fianza, si ha lugar, como se debe hace también en contabilidad.
Respuesta
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El hecho de que el objeto social sea el alquiler de locales no creo que influya en el hecho de contabilizar la fianza, pues la naturaleza económica de la fianza es la misma independientemente del objeto social.
Esto es, estas fianzas yo las contabilizaría como fianzas recibidas corrientes.
(572) Bancos a (180) Fianzas recibidas a largo plazo.
A largo plazo porque supongo que los contratos serán a más de un año. Puedes utilizar el desglose que quieras, una cuenta para cada local o una cuenta para todos. (Si llevas una cuenta para todos, necesitarás llevar un registro extra contable con el local y la fianza recibida por ese local que te debe cuadrar con contabilidad).
Al cierre del ejercicio correspondiente, deberías revisar las fianzas y pasar a corto plazo (560) Fianzas Recibidas a corto plazo.
Y cuando llegue el momento de devolverla:
(560) Fianzas a (572) Bancos.
Si no hay motivo para devolverla, habría que llevarlo a ingresos.
(560) a (759) Otros ingresos de gestión o (77) Ingresos extraordinarios (depende de como lo quieras).

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