Contabilizar embargos
Mi pregunta es sobre lo siguiente: ¿Nuestra empresa debe a un proveedor "X" 332?, Agencia Tributaria nos dice que hay que retener ese pago al proveedor e ingresarlo a la Agencia.
Nosotros lo ingresamos bajo el siguiente concepto (Modelo 010): 'Ingreso de embargo de créditos corto plazo'.
¿Cómo se contabilizaría?, yo pensaba hacerlo en dos apuntes 1)contabilizar el embargo al proveedor "X" y
2)El ingreso a la Ag. Tributaria.
Pero estoy dudando, porque no sé en que grupo contabilizarlo (¿podría ser el 470?)
Por favor quisiera que me ayude en esta cuestión.
Nosotros lo ingresamos bajo el siguiente concepto (Modelo 010): 'Ingreso de embargo de créditos corto plazo'.
¿Cómo se contabilizaría?, yo pensaba hacerlo en dos apuntes 1)contabilizar el embargo al proveedor "X" y
2)El ingreso a la Ag. Tributaria.
Pero estoy dudando, porque no sé en que grupo contabilizarlo (¿podría ser el 470?)
Por favor quisiera que me ayude en esta cuestión.
1 Respuesta
Respuesta de Adolfo T Dochado Soto
2