COntabilizar FIAMM

A ver... Tengo una pequeña sociedad, y unos conocimientos básicos de contabilidad, así que me llevo yo la contabilidad. Ahora se me plantea una cuestión: si invierto en FIAMM, sé que debo incluir en contabilidad los beneficios (pocos... Je je) que generen.
Mis preguntas son:
¿La compra de FIAMM va a una 572?
¿Los beneficios los contabilizo anualmente o mensualmente? ¿A qué cuenta?
SI al cabo de ... 5 años, por ejemplo, los rescato... El beneficio ya lo habré ido declarando, entiendo que entonces solo será usar la 473 por la retención con cargo a la cuenta del fondo ¿no?
¿Podrías indicarme los asientos?

1 respuesta

Respuesta
1
Estás en lo cierto que es el único tipo de inversión que puedes contabilizar los resultados positivos. La compra va contra una cuenta 572 que es, en principio, de donde sale el dinero. Los beneficios los contabilizaría anualmente. Los asientos serían:
Inmovilizado financiero (100) Db a Ingresos financiero (100) Hb
Cuando lo vendas será:
Caja (100-retención + principal)(Db)
HP Retencion 15(Db) a Inmobilizado financiero (100 + principal) (Hb)
Osea, cuando los compro el cargo es en una cuenta 572 ¿y el abono? ¿También 572?
El resto está claro.
Gracias
Una aclaración, bueno, son dos:
MI duda es las cuentas que "entran en juego" en la compra. ¿Seria el siguiente asiento?
572 (fondos de inversión) a 572 (banco)
¿O los fondos de inversión serian en otra cuenta, no 572?
Y ya la última (prometo no seguir dando la lata). Cada año, voy contabilizando los ingresos, osea, cada año voy pagando ya por esos mínimos beneficios que me va a dar el FIAMM. El año que los venda, ya no pago nada, porque ya lo tengo pagado. Y como ese año soporto la retención por el total... pues en realidad ese año pagaré impuestos de menos... más bien... recibiré esa devolución, o lo pagaré de menos...
¿La retención en venta de fondos es también el 15% para sociedades?
Muchas gracias
No hay ningún problema en que me preguntes, en realidad me he dado de alta por voluntad propia. En el momento de la compra debes realizarlo sobre otra cuenta que sea "Inmovilizado financiero", y no contra la 572. Respecto a los ingresos, efectivamente, cada vez vas registrando los beneficios y vas pagando el 35 %. La retención que te harán en el último año es algo que te afectará para pagar menos impuesto sobre sociedades al final de todo. Espero que me haya explicado, si no es así, de verdad, vuelve a consultar.
En realidad, cuando los compras, lo tienes que abonar en la cuenta 572 (Haber) y cuando lo vendes, lo cargas en la cuenta 572 (Debe). Si tienes alguna duda, vuelve a consultarme.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas