Mi empresa ha comprado una nave industrial ya terminada.(Llave en mano). ¿Supongamos qué la factura es de 116.000? ¿De los cuales 16.000? Es el Iva. ¿Me desgravo ese trimestre todo el IVA? ¿Qué amortizo? ¿Le doy valor al terreno?. COmentarme los asientos que haríais.
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Respuesta de javierconta
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javierconta, Diplomado en derecho tributario y asesoria fiscal
Todo depende de la forma jurídica de la compra. Si se trata de pago al contado, o préstamo, el IVA lo puedes deducir en la próxima declaración sin mayor problema, teniendo la precaución de que cuando se haga, en enero del año siguiente, el modelo 390 resumen anual IVA, de consignar ese iva soportado en bienes de inversión separado del IVA soportado en operaciones corrientes. En caso de Leasing, las cuotas de IVA se deducen según van llegando las cuotas. Debes hacer dos cuentas de activo, una por la construcción y otra por el valor del terreno. Si no hay otra herramienta fehaciente, se sigue el criterio de usar los porcentajes de relación valor catastral / valor construcción / valor suelo, del recibo IBI. El valor del terreno no se amortiza. Para amortizar, debes usar las cuentas 220 Bienes y Terrenos Naturales y 221 Construcciones. En caso de Leasing, la cuenta de Activo provisional hasta que acaba el contrato es la 217 Derechos sobre Bienes Arrendamiento Financiero, separando en dos subcuentas el valor de terreno y el de la edificación. Y en cuanto a la amortización, en los dos casos se utilizan las tablas oficiales de amortización, sabiendo que el terreno nunca se amortiza. Si los activos están en cuentas 22, para amortizar usamos 682 a 282, mientras que si los activos están en 217 (el caso del leasing) 681 a 281. Si te parece oportuno, te ruego valores la respuesta.
Un millón de gracias. No era leasing. Si no préstamo. ¿Así qué como quedaría el asiento inicial? muchisimas gracias javier.
En el Debe: Xxx (220) Terrenos Xxx (221) Construcciones 16 (472) Iva Soportado En el Haber: (170)Deudas L.P. Ent. Crédito 116