Valor del suelo superior al valor de compra
Estoy contabilizando un leasing inmobiliario. Se firma por ejemplo por 500.000 euros. El leasing es la compra de tres locales comerciales y una plaza de garaje.
A la hora de contabilizar el asiento de compra tengo claro que:
(Uso la 220 y 221 porque se van a usar para arrendamiento, es decir son inversiones
inmobiliarias)
DEBE HABER
(220) Terrenos del primer local
(221) Construcciones del primer local
(Así con los tres locales y la plaza) -------x------ (524) Prov. Inmov c/p
(174) Prov. Inmov l/p
(174) Valor residual
En el debe está claro que tengo que contabilizar el valor del terreno de los tres locales y
de la plaza de garaje de cada inmueble y luego el resto a construcciones hasta
los 500.000 euros.
Ahora, resulta que el valor del terreno de dos locales es de 400.000 euros y 500.000 euros
euros (según lo que viene en el recibo del IBI y catastro), es decir que supera ya esos 500.000 euros.
¿Qué se amortiza aquí? Si el valor de los terrenos es ya superior a esos 500.000 euros, ¿no se amortiza nada? Ó bien ¿se amortiza sólo el valor de la construcción que viene en el recibo del IBI?. ¿Hay alguna cuenta especial para este caso?
Entiendo que se ha comprado por un valor inferior al de mercado y considero que hay que hacer algo especial contablemente, pero no sé el que exactamente.
¿Cómo sería el asiento contable y su proceder?
A la hora de contabilizar el asiento de compra tengo claro que:
(Uso la 220 y 221 porque se van a usar para arrendamiento, es decir son inversiones
inmobiliarias)
DEBE HABER
(220) Terrenos del primer local
(221) Construcciones del primer local
(Así con los tres locales y la plaza) -------x------ (524) Prov. Inmov c/p
(174) Prov. Inmov l/p
(174) Valor residual
En el debe está claro que tengo que contabilizar el valor del terreno de los tres locales y
de la plaza de garaje de cada inmueble y luego el resto a construcciones hasta
los 500.000 euros.
Ahora, resulta que el valor del terreno de dos locales es de 400.000 euros y 500.000 euros
euros (según lo que viene en el recibo del IBI y catastro), es decir que supera ya esos 500.000 euros.
¿Qué se amortiza aquí? Si el valor de los terrenos es ya superior a esos 500.000 euros, ¿no se amortiza nada? Ó bien ¿se amortiza sólo el valor de la construcción que viene en el recibo del IBI?. ¿Hay alguna cuenta especial para este caso?
Entiendo que se ha comprado por un valor inferior al de mercado y considero que hay que hacer algo especial contablemente, pero no sé el que exactamente.
¿Cómo sería el asiento contable y su proceder?
2 respuestas
Respuesta de alecandas
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Respuesta de Abogados Edo
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